BOLETÍN OFICIAL Nº 137 – 09/12/13

Icon_PDF_6GOBIERNO DE LA PROVINCIA Jujuy

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1334.-

San Salvador de Jujuy, 09 DIC.2013.-

VISTA:

Las disposiciones del Código Fiscal, la Ley Procesal Administrativa N° 1886 de la Provincia de Jujuy, la puesta en vigencia del Sistema Integral de Gestión  de Expedientes Web-SIGExp WEB-aprobado por el Poder Ejecutivo Provincial, y la Resolución Interna Nº 53/2013, y

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a las disposiciones del Capítulo VI de la Ley Procesal Administrativa Nº 1886 de la Provincia de Jujuy, el procedimiento administrativo debe efectuarse de manera escrita, contando el Estado Provincial con los Expedientes administrativos como herramientas para instrumentar dicho procedimiento.-

Que, el Poder Ejecutivo Provincial, tras implementar el Sistema Integral de Gestión de Expedientes Web, exigió la conexión y adaptación operativa de todas las Reparticiones, dependientes de dicha órbita, al nuevo Sistema implementado.-

Que, a fin de organizar y sistematizar el funcionamiento del Sistema de Mesa de Entradas, así como la formación, consulta y retiro de expedientes, la Dirección Provincial de Rentas fijó mediante Resolución Interna Nº 53/2013 las pautas a las que deben ajustarse los diferentes Sectores o Departamentos de la Dirección, respetando los lineamientos brindados por el Sistema Web antes mencionado.-

Que, en base a dicha Resolución Interna y a efectos de readecuarse a las disposiciones vigentes, las Actuaciones existentes en esta Dirección se recaratularon como expedientes, teniendo en cuenta que en el nuevo Sistema SIGExp WEB no existe la figura de Actuaciones.-

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los Art. 9º y 10º del Código Fiscal,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: RATIFICAR validez de las Actuaciones administrativas de esta Dirección Provincial de Rentas recaratuladas como Expedientes a partir del 21 de octubre de 2013, fecha en la cual entró en vigencia el Sistema Integral de Gestión de Expedientes SIGExp.WEB, siendo en consecuencia legitimo a todos los efectos lo actuado en las mismas.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Ministerio de Hacienda, Secretaria del Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas. Contaduría General.  Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley.  Tomen razón Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales, Municipios y Comisiones Municipales de la Provincia.  Cumplido, archívese.-

 

C.P.N. Néstor Luis Padilla

Director

09 DIC. S/C