BOLETÍN OFICIAL Nº 6 – 15/01/14
EXPTE. Nº 0660-391-P/2013.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 SET. 2013.-
VISTO:
El Decreto Nº 2829-P-2013 donde se declara el ESTADO DE EMERGENCIA AGROPECUARIA Y/O DESASTRE AGROPECUARIO POR SEGUÍA, designándose al Ministerio de Producción como Autoridad de Aplicación del PROGRAMA PROVINCIAL DE CONTINGENCIAS PRODUCTIVAS y Administrador del FONDO PROVINCIAL DE CONTINGENCIAS PRODUCTIVAS, para la asistencia de los productores agropecuarios afectados por la sequía en las zonas que se determinan en el mencionado cuerpo normativo, encomendándosele la reglamentación de estas herramientas, y la Resolución Nº 80-P-13 dictada en su consecuencia, y
Por ello,
EL SR. MINISTRO DE PRODUCCION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Apruébase el SUB PROGRAMA de “ASISTENCIA DIRECTA A PEQUEÑOS PRODUCTORES PORCINOS DE VINALITO AFECTADOS POR LA SEQUÍA”, en el marco del Fondo Provincial de Contingencias Productivas, conforme las precisiones que se determinan en el Anexo I de la presente Resolución, por los motivos expresados en el exordio.-
Gabriel Romarovsky
Ministro de Producción