BOLETÍN OFICIAL Nº 124 – 04/11/16
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS PUBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS Y OTRAS CONCESIONES (SUSEPU)
RESOLUCION Nº 220-SUSEPU.-
Expte. Nº 0630-0349/2016.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 OCT. 2016.-
VISTO:
El Expediente de referencia caratulado: “CDE. INFORME GERENCIA DE SERVICIOS ENERGÉTICOS S/CAMPAÑA DE MEDICIÓN DE EJESA EN EL CONTEXTO DE LA REVISIÓN QUINQUENAL DE TARIFAS A REALIZARSE DURANTE EL AÑO 2016”; y
CONSIDERANDO:
Que, ante la inminencia del proceso previsto en el Artículo 29 del Contrato de Concesión de EJE S.A., la Gerencia Técnica de Servicios Energéticos remite al Presidente de este Organismo proyecto de resolución con los Términos de Referencia destinados a la formulación de la propuesta que EJE S.A. debe efectuar por la Revisión Quinquenal de Tarifas a realizarse durante el presente año.
Que, asimismo, informa que mediante Expediente Nº 0630-088/2015, caratulado: “INFORME GERENCIA DE SERVICIOS ENERGÉTICOS S/ CAMPAÑA DE MEDICIÓN DE EJE S.A. EN EL CONTEXTO DE LA REVISIÓN QUINQUENAL DE TARIFAS A REALIZARSE DURANTE EL AÑO 2016”, tramita la Campaña de Medición llevada a cabo por EJE S.A. durante el periodo 01/04/2015 al 31/03/2016, conforme la metodología aprobada por Resolución Nº 041-SUSEPU-2015, de fecha 02 de Marzo de 2015.
Que, el cuarto quinquenio del inicio de la Concesión se cumple el día 30 de Noviembre de 2016, por lo que corresponde una nueva Revisión del Régimen y Cuadro Tarifario.
Que, en tal sentido, el Artículo 29 del Contrato de Concesión de EJE S.A. ordena que el Régimen Tarifario y el Cuadro Tarifario sean revisados cada cinco (5) años. A ese fin, con seis (6) meses de antelación a la finalización de cada período de cinco (5) años, la Concesionaria presentará para su aprobación a la Autoridad de Aplicación, la propuesta de un Nuevo Régimen Tarifario y Cuadro Tarifario.
Que, mediante Resolución Nº 184-SUSEPU-2016, de fecha 02 de Agosto de 2016, el Directorio de este Organismo aprobó los Términos de Referencia destinados a la formulación de la propuesta que EJE S.A. debe efectuar para la Revisión de Tarifas por el Quinquenio que concluye el 30 de Noviembre de 2016.
Que, mediante Resolución Nº 202-SUSEPU-2016, de fecha 05 de Septiembre de 2016, se le hace saber a la Distribuidora que su propuesta de Cuadro Tarifario para el Quinquenio 2016-2021 debía ser presentada hasta el día 23 de Septiembre de 2016.
Que, mediante Nota GC Nº 479/2016, presentada ante este Organismo en fecha 19 de Septiembre de 2016, el Gerente Comercial de EJE S.A. solicita se les extienda el plazo establecido por el Artículo 1º de la Resolución Nº 202-SUSEPU-2016 hasta el día 05 de Octubre del corriente año.
Que, el Presidente de la SUSEPU resuelve hacer lugar al requerimiento efectuado.
Que, por Nota GC Nº 524/2016, de fecha 05 de Octubre de 2016, EJE S.A. remite a consideración de este Ente Regulador el documento denominado “Revisión Tarifaria Quinquenal (2016-2021) – Presentación Inicial de Documentación”.
Que, en fecha 06 de Octubre de 2016, el Sr. Gerente Técnico de Servicios Energéticos informa que la documentación remitida por la Concesionaria se ajusta en general a lo dispuesto por la Resolución Nº 184-SUSEPU-2016, y que se encuentra en condiciones para iniciar el proceso de Revisión de la propuesta presentada y la convocatoria a la respectiva Audiencia Pública.
Que, en el marco de dicha Revisión Quinquenal Tarifaria; en cumplimiento del Artículo 58 de la Ley Nº 4.888 “Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica de la Provincia de Jujuy”, que ordena difundir públicamente las modificaciones tarifarias y convocar a Audiencia Pública al efecto; el Decreto Nº 6639-PMA-2006 que dispone que las Audiencias Públicas a llevarse a cabo en la Provincia de Jujuy se regirán por la Ley Nº 5.317, y lo dispuesto por el Artículo 29 del Anexo II del Contrato de Concesión de EJE S.A.; resulta necesario convocar a Audiencia Pública para el día 22 de Noviembre del año 2016.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias;
EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Convocar a AUDIENCIA PUBLICA, la que tendrá por objeto poner a consulta de la opinión pública el Régimen Tarifario y el Cuadro Tarifario propuestos por EJE S.A. a regir en el Quinquenio Diciembre/2016 a Noviembre/2021, conforme a los antecedentes agregados en el Expediente Nº 0630-349/2016 y el Expediente Nº 0630-088/2015 agregado por cuerda.-
ARTICULO 2°.– La Audiencia Pública convocada se llevará a cabo el día 22 de Noviembre de 2016, a horas 09,00 en las instalaciones del Mini Estadio Olímpico Municipal sito en calle Chacho Peñaloza Nº 81 de la ciudad de Palpalá. Se hace saber que su procedimiento se regirá por las disposiciones de la Ley Nº 5.317 y las normas de funcionamiento que como Anexo I forma parte de la presente.-
ARTICULO 3º.- Conforme lo autoriza el Artículo 2º de la Ley Nº 5.317, designar como INSTRUCTOR COORDINADOR al Sr. Presidente del Organismo, Ing. Esp. Héctor Rafael Simone, disponiendo que ante razones extraordinarias o de fuerza mayor, el Presidente de la SUSEPU, en su función de Instructor Coordinador para el que fuera designado, será reemplazado por el Vocal 1º, C.P.N. Oscar Raúl Congiu, y éste, por el Vocal 2º, Ing. Agr. Héctor Aníbal Pérez, mientras dure la ausencia transitoria o impedimento que la motiva, o hasta tanto se produzca su cobertura, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 5.317.-
ARTICULO 4º.- Designar como Instructores Administrativos y Consultores a los siguientes profesionales: Ing. Jorge Guillermo Cheli-Gerente Técnico de Servicios Energéticos- y Dra. Ana Inés Melé – Jefe del Dpto. Legal.-
ARTICULO 5º.- En cumplimiento de lo establecido por el Artículo 9º de la norma citada y por los fundamentos esgrimidos en los considerandos, difundir la convocatoria a Audiencia Pública, ordenando su publicación por tres (3) veces en el Boletín Oficial y en diarios de circulación de la Provincia, así como su emisión en radios locales.-
ARTICULO 6º.- Quienes deseen incorporarse como participantes de la Audiencia Pública deberán realizar sus presentaciones de conformidad a los Artículos 10º y 11º de la Ley Nº 5.317, hasta el día 02 de Noviembre de 2016 inclusive, o primer día hábil siguiente si éste fuere declarado inhábil, en la Oficina Administrativa Habilitada en Sede de la SUSEPU, sita en calle Alvear Nº 1243, de Lunes a Viernes, en el horario de 8,00 a 13,00 y de 16,30 a 18,30 hs.-
ARTICULO 7º.- Todos los antecedentes y la documentación que dieran origen a la AUDIENCIA PUBLICA convocada con la finalidad de someter a consideración de la opinión pública el Régimen Tarifario y el Cuadro Tarifario propuestos por EJE S.A. a regir en el Quinquenio Diciembre/2016 a Noviembre/2021, agregados en el Expediente Nº 0630-349/2016, se encuentran a disposición de los interesados en la página web de este Organismo: www.susepu.jujuy.gob.ar, en el link Audiencia Pública y en las oficinas de esta Superintendencia.-
ARTICULO 8º.- Solicitar al Sr. Presidente de la Legislatura de la Provincia, C.P.N. Carlos Haquim, que tenga a bien autorizar al personal del Cuerpo de Taquígrafos de ese Poder, para que en virtud de lo establecido por el Artículo 17º de la Ley Nº 5.317, labren versión taquigráfica de lo acontecido en la Audiencia Pública.-
ARTICULO 9º.- Publicar en el Boletín Oficial. Pasar a conocimiento de las Gerencias de Servicios Energéticos, del Usuario y Dpto. Legal. Remitir copia a: Legislatura de la Provincia de Jujuy, Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Defensor del Pueblo de Jujuy y EJE S.A. Cumplido archívese.-
ANEXO I- NORMAS DE FUNCIONAMIENTO
ARTICULO 1°.- Habilitar el REGISTRO DE PARTICIPANTES de la AUDIENCIA PUBLICA, convocada para poner a consulta de la opinión pública el Régimen Tarifario y el Cuadro Tarifario propuestos por EJE S.A. a regir en el Quinquenio Diciembre/2016 a Noviembre/2021; desde el 12/10/2016 al 02/11/2016 inclusive, o primer día hábil siguiente si éste fuere declarado inhábil, hasta horas 18:30.-
ARTICULO 2°.- Sin perjuicio de las publicaciones ordenadas en cumplimiento de lo establecido por el Artículo 9º de la Ley Nº 5.317, la presente convocatoria a Audiencia Pública se difundirá por todos los medios que contribuyan a su mayor conocimiento por parte de la población.-
ARTICULO 3º.- De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 11º de la Ley 5.317, los participantes de la Audiencia Pública podrán realizar su inscripción en el registro habilitado al efecto y presentar sus opiniones, por escrito, sobre el tema a debatir, acompañando las pruebas o documentos con que cuenten, solicitando la producción de pruebas respectivas, hasta el día 01 de Noviembre de 2016 inclusive, o primer día hábil siguiente si éste fuere declarado inhábil, en la Oficina Administrativa Habilitada en Sede de la SUSEPU, sita en calle Alvear Nº 1243, de Lunes a Viernes, en el horario de 08:00 hs. a 13:00 hs. y de 16:30 hs. a 18:30 hs..-
ARTICULO 4º.- Los participantes deberán constituir domicilio legal en un radio de tres (3) kilómetros del asiento de la SUSEPU, donde serán válidas todas las notificaciones.-
ARTICULO 5º.- Podrá ser participante toda persona física o jurídica, pública o privada, que invoque un derecho o interés simple, difuso o de incidencia colectiva, relacionado con la temática de la Audiencia Pública. Las personas jurídicas participan por medio de sus representantes, acreditando personería mediante el instrumento legal correspondiente -debidamente certificado-. Las Asociaciones de Usuarios deberán presentar constancia de su reconocimiento ante la Autoridad de Aplicación Provincial, conforme lo establecido por la Ley Nº 24.240.-
ARTICULO 6º.- La Oficina Administrativa habilitada facilitará a los interesados un FORMULARIO DE INSCRIPCIÒN para su participación en la Audiencia Pública, en el que se consignarán todos los datos requeridos; entregando un CERTIFICADO DE INSCRIPCION en el que constará el número de inscripción en el Registro de Participantes, que es el mismo que le corresponderá en su exposición en el transcurso de la Audiencia Pública, y la recepción de informes y documentos.-
ARTICULO 7º.- Tanto el Expediente de la Convocatoria a Audiencia Pública, en legajo de copias, como la documentación técnica respectiva, se encontrará a disposición de los interesados para su consulta en la Oficina Administrativa habilitada al efecto. Sin perjuicio de lo cual, los interesados contarán con la documentación que sustente el Régimen Tarifario y el Cuadro Tarifario propuestos por EJE S.A. a regir en el Quinquenio Diciembre/2016 a Noviembre/2021, en la página Web del Organismo: www.susepu.jujuy.gob.ar como así también a todos aquellos participantes que lo deseen, se les suministrará una copia de la documentación citada, en soporte magnético.-
ARTICULO 8º.- Conforme lo establecido en el Articulo 15º de la Ley Nº 5.317, los participantes de la Audiencia Pública formularan sus conclusiones, según el Orden del Día que confeccionará el Instructor Coordinador en los términos del Artículo 14º de la mencionada ley y por el término de quince (15) minutos. Aquellos que requieran de un tiempo mayor, deberán solicitarlo al momento de la inscripción en el Registro habilitado a tal efecto y justificar su pedido, el que será resuelto por el Sr. Instructor Coordinador.-
Ing. Esp. Héctor Rafael Simone
Presidente
12 OCT. 04/11/18NOV..LIQ. Nº 124075 $150,00.-