BOLETÍN OFICIAL Nº 39 – 09/04/14
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS
RESOLUCION GENERAL Nº 1356
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 ABR. 2014.-
VISTO:
El Código Fiscal Ley Nº 5791/13, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Código Fiscal vigente en su Artículo 166 inciso 7 establece la exención en el Impuesto Inmobiliario para aquellos contribuyentes o los cónyuges de estos que sean jubilados y/o pensionados y que acrediten ser propietarios de un único inmueble destinado exclusivamente a vivienda familiar, cuyo avalúo no supere la suma establecida anualmente por la Dirección.
Que, a fin de establecer con precisión la valuación a considerar como límite para el otorgamiento del beneficio de exención respecto de los inmuebles de jubilados y/o pensionados, resulta necesario el dictado de un acto administrativo que así lo disponga.
Que, en uso de las facultades conferidas por el Código Fiscal vigente.
Por ello:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE
ARTICULO 1º: DETERMINAR en la suma de PESOS CIENTO SESENTA MIL ($160.000,00) la valuación a considerar como límite para el otorgamiento del beneficio de exención a los jubilados y/o pensionados, que acrediten el cumplimiento de los extremos legales exigidos para acceder al beneficio.
ARTICULO 2º: DE FORMA.-
C.P.N. Néstor Luis Padilla
Director
09 ABR. S/C.-