BOLETÍN OFICIAL Nº 123 – 02/11/16

RESOLUCIÓN Nº 600-ISPTyV/2016.-

EXP. Nº 516-645/2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 OCT. 2016.-

VISTO:

Este expediente por el que la Dirección Provincial de Inmueble  solicita la Compra de Bienes de Capital, y,

CONSIDERANDO:

Que, a fs.1 que el Jefe del Dpto. Catastro de la citada repartición solicita la compra de dos (2) Cámaras Fotográficas, las cuales serán destinadas a la Unidad de Digitalización Fichas KAREX, supervisado por el Guillermo GASPAROVIC.

Que, a fs. 2/4 se encuentran agregados los presupuestos con las cotizaciones de las distintas Firmas por bienes requeridos,

Que, analizados los precios de cada uno de los presupuestos de acuerdo a la planilla comparativa de precios a fs. 5 y el informe elaborado por el jefe de División Administrativa Contable a fs 6, se sugiere se realice dicha compra a la Firma Minicuotas RIBEIRO, por ser la oferta más conveniente.-

Que, conforme al informe de fs.7 emitido por Contaduría de la Provincia la erogación será atendida con fondos de la Partida, “7-8-1-26-2-5 – BIENES CAPITAL – Ley Nº 4493-PROG.REORG. Y ACTUAC. INMUEBLE”.

Que, el Decreto-Acuerdo Nº 1336-HF/2016 de fecha 26/05/2016, modifica los montos establecidos en el Decreto Acuerdo Nº 6928-H/2014, facultando a los Ministros del Poder Ejecutivo a autorizar la compra de Bienes de Capital, hasta la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000,00).

Que la erogación de referencia será afrontada con la partida, informada por Contaduría de la Provincia.

Por ello, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Art. 8º de la Resolución Nº 1195-H/2011,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA SERVICIOS, PUBLICOS TIERRA Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTICULO 1º.-Autorizar a la DIRECCION PROVINCIAL DE INMUEBLES, a adquirir dos (2) Cámaras Fotográficas Sony DSC-W800,20,1 Mpx-5 X Zoom Op-2,7 Pant., de la Firma Minicuotas RIBEIRO, por la suma de PESOS SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO ($6.998,00), por las razones expresadas en el exordio.

ARTÍCULO 2º.-La erogación de referencia será atendida con la Partida Presupuestaria “7-8-1-26-2-5 – BIENES CAPITAL – Ley Nº 4493-PROG.REORG. Y ACTUAC. INMUEBLE”.-

ARTICULO 3º.-Previo registro, dese a Boletín Oficial. Por Jefatura de Despacho remítase copia a conocimiento de Tribunal de Cuentas. Pase a Dirección Provincial de Inmueble, a sus efectos.-

 

C.P.N  Jorge Raúl Rizzotti

Ministerio de Infraestructura Serv. Públicos, Tierra y Justicia