BOLETÍN OFICIAL Nº 55 – 21/05/14
CONSEJO DE MEDICOS DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-RESOLUCION Nº 132-16-2014 San Salvador de Jujuy, 9 de Mayo de 2014. VISTO: La falta de pago de cuotas que adeuda la Profesional matriculada en este Consejo, Dra. OJEA, FABIOLA MARIA DE LOS ANGELES, M.P. Nº 2755; y CONSIDERANDO: Que el pago de las cuotas ordinarias constituye una obligación esencial de todo Profesional Médico conforme a la norma del Artículo 30º inc. g) de la Ley 4177/86.-Que es necesario por parte de este Consejo asegurar la igualdad de trato en el cumplimiento de las disposiciones vigentes.-Que corresponde aplicar en el caso de marras la suspensión en la Matrícula a la Profesional Médica Matrícula Nº 2755, conforme lo estatuido en el Artículo 40º de la Ley 4177/86 y Artículo 164 del Decreto 4898-BS-86.-Que dicha Profesional se encuentra en Mora en el cumplimiento de sus obligaciones habiendo sido requerido para el pago de un modo fehaciente, que obra agregada a este Expediente. Por ello: LA MESA DIRECTIVA DEL CONSEJO DE MEDICOS DE JUJUY RESUELVE: 1º.-SUSPENDASE en el Ejercicio Profesional, a la Dra. OJEA, FABIOLA MARIA DE LOS ANGELES, M.P. Nº 2755, hasta tanto regularice su deuda con este Consejo de Médicos.-2º.-Déjase aclarado que dicha Suspensión importa la imposibilidad de ejercer la Profesión Médica en forma pública o privada, como el ejercicio de cargos que requieran la condición de Médico para ser desempeñados, en todo el territorio de la Provincia.-3º.-Notifíquese por medio fehaciente a la Profesional Suspendida, a la Secretaría de Estado de Salud Pública de la Provincia, al Colegio Médico de Jujuy, al Instituto de Seguros de Jujuy, y Obras Sociales que actúan en el ámbito del territorio de la Provincia.-4º.-Las costas y costos que requieran el cumplimiento de la presente Resolución serán impuestas a la Profesional Médica mencionada en el Artículo 1º, como única responsable del dictado de la presente.-5º.-Archívese copia de estas actuaciones en el Legajo personal de la Profesional involucrada a los fines de que quede constancia, como antecedente.-6º.-Notifíquese en la forma prevista, regístrese y archívese copia de la misma. Fdo. Dr. Carlos Adolfo Reynoso-Presidente; Dra. Susana M. Beguier-Tesorera y Dra. Silvia N. Fuks -Votal Titular.-
21 MAY. LIQ. Nº 117394 $ 35,00.-