BOLETÍN OFICIAL Nº 60 – 02/06/14

Icon_PDF_6PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESOLUCION CONJUNTA Nº 03/14.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 JUN. 2014.-

VISTO Y CONSIDERANDO:

La Resolución Conjuntas Nº 1 y 2 mediante la cual se establecen instrucciones respecto del procedimiento a seguir por parte de las Unidades de Organización tendiente a hacer efectiva la aplicación de los Decretos Nº 4816-H-14 y 4817-H-14 que disponen la conversión en Remunerativos y Bonificables de los Adicionales No Remunerativos y No Bonificables;

Que, es oportuno a los fines de una mayor diligencia y estudio de cada caso, ampliar el plazo originariamente fijado hasta el 01/06/14 para la remisión de los expedientes a la Unidad Previsional;

Por ello:

EL FISCAL DE ESTADO SUBROGANTE

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE PERSONAL

Y LA UNIDAD DE CONTROL PREVISIONAL

RESUELVEN:

ARTICULO 1º.- PRORROGASE la fecha establecida en el inc. c) del art. 2º de las Resoluciones Nº 1 y 2 hasta el 16 de junio de 2014, término hasta el cual las distintas Unidades de Organización deberán remitir los expedientes a la Unidad de Control Previsional.

ARTICULO 2º.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Tome conocimiento Jefatura de Gabinete, Secretaría General de la Gobernación, Ministerios del Poder Ejecutivo; Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Unidad de Control Previsional. Cumplido archívese.-

 

Dr. Gustavo Alberto Toro

Procurador General

Fiscalía de Estado

Fiscal de Estado Subrogante