BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 06/06/14

Icon_PDF_6GOBIERNO DE JUJUY

DIRECCION PROVINCIAL DE CALIDAD AMBIENTAL

SECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL

RESOLUCIÓN Nº 121-DPCA/2014

EXPEDIENTE N° 0255-10-E-2014

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 MAY. 2014

VISTO:

El Estudio de Impacto Ambiental presentado por la empresa ECOAXION S.A., para el proyecto “PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS” que se tramita por Expte. Administrativo Nº0255-10-E-2014 caratulado: “Solicita Factibilidad Ambiental para el Proyecto Planta de Tratamiento de Residuos Peligrosos”.

La Ley Provincial Nº 5063 “General de Medio Ambiente” y sus Decretos Reglamentarios Nº5980/06, Nº6002/06, Nº9067/07 y Resolución Nº212/2007-S.M.A y R.N., y;

CONSIDERANDO:

Que, la Empresa ECOAXION S.A. presentó un Estudio de Impacto Ambiental Detallado para el proyecto “PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS”.

Que, de conformidad con el artículo 3º del D.R. Nº5980/06 se entiende como Proyecto “…a la propuesta debidamente documentada de obras y/o actividades a desarrollar en determinado tiempo y lugar…” y continúa diciendo “…Sus etapas son: a) Idea, pre-factibilidad, factibilidad y diseño, b) Construcción, ejecución o materialización, c) Operación o funcionamiento de las obras o instalaciones, d) Clausura o desmantelamiento, e) Post clausura”.

Que, asimismo, el artículo 2º del D.R. Nº9067/07 dispone que esta Autoridad Operativa Ambiental deberá disponer por acto administrativo, y de corresponder, la Inclusión del proyecto y/o actividad en el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, determinando también en la misma resolución, la realización de un Estudio de Impacto Ambiental detallado o simplificado, según lo previsto en los Anexos I y II del Decreto Nº5980/06.

Que el apartado h) del Anexo I del Decreto Reglamentario N°5980/06 establece que para “las instalaciones destinadas a la eliminación, tratamiento, disposición o depósito definitivo de residuos sólidos urbanos, industriales, tóxicos, patológicos, peligroso o radiactivos”, corresponde la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental Detallado.-

Que asimismo de acuerdo a lo normado por el Artículo 4º y concordantes del Decreto Nº 5980/06 reglamentario de la L.G.A. Nº 5063, la Autoridad Operativa Provincial deberá adoptar las medidas necesarias para coordinar el procedimiento con los municipios involucrados, haciendo cumplir toda la normativa vigente.

Que en este Contexto el Proyecto “PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS” se emplazará en Ruta Provincial Nº 1 Km 7,5, El Arenal de la localidad de San Salvador de Jujuy, es por ello que, en virtud de las disposiciones del Articulo Nº 26 del D.R. Nº 5980/06, esta Autoridad Operativa Provincial deberá escuchar y recabar la opinión técnica ambiental de dichas jurisdicciones referida a la habilitación, ejecución y funcionamiento del Proyecto mencionado, así como la determinación de los mecanismos de difusión y participación ciudadana del estudio de impacto ambiental presentado, de conformidad a lo normado en los Artículos 3º y 4º del Decreto Nº 9067/07.

Que además, la Resolución Nº212/07-SMAyRN, en su Artículo Nº 1 establece parámetros para la determinación de los montos en concepto de tasa retributiva por el servicio de Evaluación de Estudio de Impacto Ambiental en los términos del D.R. Nº 5980/06.

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CALIDAD AMBIENTAL

RESUELVE:

ARTICULO Nº 1: Otorgar la Factibilidad Ambiental a la Etapa de Pre-factibilidad del proyecto PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS, (art. 3° D.R.N°5980/06), presentado por la empresa ECOAXION S.A., por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO Nº 2: La presente Resolución deberá ser publicada a cargo del proponente, por una (1) vez en el Boletín Oficial de la Provincia (art. 28 Dec. 5980/06).-

ARTICULO Nº 3: Cumplido, dispóngase la inclusión de la Etapa de Construcción y Operación del proyecto PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS, en el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental previsto en los Decretos Nº 5980/06 y 9067/07, reglamentarios de la Ley General del Ambiente, y la presentación a tal efecto de un Estudio de Impacto Ambiental Detallado de conformidad con el Anexo I del D.R.N°5980/06.

ARTICULO Nº 4: Téngase por presentado, por parte de la empresa ECOAXION S.A., el Estudio de Impacto Ambiental Detallado de la Etapa de Construcción y Operación del Proyecto PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS de acuerdo a lo normado por los artículos 2º y 3º del Decreto Nº 9067/07 y Anexo I del Decreto Nº 5980/06.-

ARTICULO Nº 5: La empresa ECOAXION S.A., en su carácter de responsable del Es.I.A deberá publicar a su cargo, por tres (3) veces en cinco (5) días, en el Boletín Oficial de la Provincia y en Diarios Provinciales, una Declaración que contenga la descripción sucinta de las características principales del Proyecto. En dicha publicación se deberá indicar que el Estudio de Impacto Ambiental se encuentra a disposición del público en general, en oficinas centrales de esta Repartición, sita en avenida Párroco Marshke N°1270 de la ciudad de San Salvador de Jujuy para su consulta.-

ARTICULO Nº 6: A fin de asegurar el acceso a la información, los interesados podrán formular sus observaciones por escrito, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Boletín Oficial y/o en diarios provinciales, del Proyecto sometido al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, de conformidad a lo establecido en el último párrafo del artículo 3º del Decreto Reglamentario Nº 9067/07. Esta Autoridad Operativa Provincial considerará las observaciones que formulen los interesados, previo a la emisión del Dictamen de Factibilidad Ambiental.-

ARTICULO Nº 7: Coordinar el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental con la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, debiendo para ello recabar la opinión técnica ambiental de las mismas, referida a la habilitación, ejecución y funcionamiento del proyecto ut-supra especificado, así como la determinación de los mecanismos de difusión y participación ciudadana del estudio de impacto ambiental presentado ante esta Autoridad Operativa Provincial, de conformidad a lo normado en los artículos 3º y 4º del Decreto Nº 9067/07.-

 ARTICULO Nº 8: Fíjese como tasa retributiva por el servicio de evaluación de impacto ambiental, el monto equivalente a 150 (CIENTO CINCUENTA) LITROS DE NAFTA ESPECIAL SIN PLOMO de conformidad a lo dispuesto por la Resolución Nº212/07-SMAyRN.-Dicha suma será abonada en tesorería de esta Dirección e ingresada como partida diferenciada a la Cuenta Corriente Nº 3200-09410076568, denominada Dirección Provincial de Calidad Ambiental, cargo Banco Macro, San Salvador de Jujuy, antes de la finalización del día hábil siguiente al de su percepción, de acuerdo a lo normado por el Artículo Nº 20 del Decreto Reglamentario mencionado anteriormente.

ARTICULO Nº 9: Firmado, regístrese por Despacho de esta Dirección. Notifíquese a la empresa ECOAXION S.A., a la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, al Área técnica de la DPCA y a Asesoría Letrada de la S.G.A., a sus efectos. Cumplido archívese.-

 

Lic. Ing. Industrial Roque Ricardo Centeno

Dir. Prov. de Calidad Ambiental

06 JUN. LIQ. Nº 118040 $50,00.-