BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 06/06/14
DIRECCION PROVINCIAL DE CALIDAD AMBIENTAL
SECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL
RESOLUCION Nº 114/2014-DPCA.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 MAY. 2014.-
VISTO:
El Expediente Nº 0255-PA-91-I-2014 caratulado “Solicitud de factibilidad ambiental obra construcción de una alcantarilla acceso propiedad Ruta Nacional Nº 34 tramo: Límite Salta/Jujuy Río Grande”, progresiva 1156,22 Localidad Pampa Blanca Dpto. El Carmen.
La Ley Provincial Nº5063 “General de Medio Ambiente” y sus Decretos Reglamentarios Nº 5980/06 “Evaluación de Impacto Ambiental y Normas Técnicas de Calidad Ambiental para la Protección de la Atmósfera, de las Aguas y del Suelo, Nº5606/02 “De las Infracciones y Sanciones”, Nº9067/07 y Resolución Nº212/2007-S.M.A. y R.N., y;
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Segundo Miguel Iglesias ha solicitado Factibilidad Ambiental para la obra “Construcción de una Alcantarilla” para acceso a una propiedad ubicada en sobre Ruta Nacional Nº34 en progresiva 1156,22 de la Localidad de Pampa Blanca Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy.
Que a tal efecto el Sr. Segundo Miguel Iglesias presentó una memoria descriptiva de la obra a ejecutarse, mencionándose que la alcantarilla se realizara de caños metálicos de un diámetro de 0,80 con una duración de veintiún (21) días.
Que el Decreto Reglamentario Nº9067/07 faculta en su artículo segundo, apartado “B” a esta Autoridad de Aplicación Ambiental Provincial a exceptuar del Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, procediendo en consecuencia a emitir una declaración de ausencia de impacto ambiental significativo.
Que igualmente, resulta necesario recomendar pautas a cumplir durante la ejecución de la obra en relación al manejo de los residuos generados en la misma.
Por ello;
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CALIDAD AMBIENTAL
RESUELVE:
ARTICULO Nº 1: Declarar la Ausencia de Impacto Ambiental Significativo a la obra “Construcción de una Alcantarilla” para el acceso a una propiedad ubicada sobre Ruta Nacional Nº34 en la progresiva 1156,22 de la localidad de Pampa Blanca, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, presentado por el Sr. Segundo Miguel Iglesias, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO Nº 2: Otorgar la Factibilidad Ambiental a la obra “Construcción de una Alcantarilla” para el acceso a una propiedad ubicada sobre Ruta Nacional Nº 34 en la progresiva 1156,22 de la Localidad de Pampa Blanca, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, presentado por el Sr. Segundo Miguel Iglesias, por los idénticos motivos.
ARTICULO Nº 3: Previo al inicio de la obra “Construcción de Alcantarilla”, el Sr. Segundo Miguel Iglesias deberá informar y presentar a esta Dirección: *Empresa Contratista.-* Plan de Gestión Ambiental de la obra contemplando las medidas respecto del manejo de los residuos que se generen en la obra.
ARTICULO Nº 4: La Dirección Provincial de Calidad Ambiental se reserva el derecho de solicitar los monitoreos y/o informes y de realizar las inspecciones que considere necesarias en el ejercicio de su poder de policía ambiental.
ARTICULO Nº 5: Las disposiciones de la presente Resolución no exime al Sr. Segundo Miguel Iglesias de la responsabilidad administrativa, penal, civil por cualquier daño o perjuicio, o la producción de alguna contingencia que las actividades inherentes a la construcción y funcionamiento del proyecto que se autoriza por la presente resolución, pudiera ocasionar al medio ambiente y/o a la vida, salud e integridad física de la población en general.
ARTICULO Nº 6: El incumplimiento de lo establecido por la presente Resolución, dará lugar a que esta Dirección aplique los procedimientos legales previstos en el Decreto Reglamentario Nº 5606/02 “De las Infracciones y Sanciones” de la Ley Provinciales Nº 5063.
ARTICULO Nº 7: La presente Resolución que contiene el “Dictamen de Factibilidad Ambiental” agota la vía administrativa. La parte resolutiva de la misma deberá ser publicada a cargo del proponente, por una (1) vez en el Boletín Oficial de la Provincia (art. 28 Dec. 5980/06).
ARTICULO Nº 8: Firmado, regístrese por Secretaria de esta Dirección. Notifíquese al Sr. Segundo Miguel Iglesias, al Área Técnica de la DPCA y a Asesoría Legal, a sus efectos. Cumplido archívese.-
Lic. Roque Ricardo Centeno
Dir. Prov. de Calidad Ambiental
06 JUN. LIQ. Nº 118019 $ 35,00.-