BOLETIN OFICIAL Nº 133 – 06/11/2026
RESOLUCION N° 397-E-JUJ-SCA#MA/2026.-
EXPTE. N° EX-00851119- JUJ-SCA#MA/2026.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 OCT. 2026.-
VISTO:
El expediente N° EX-2026-00851119- -JUJ-SCA#MA caratulado “Solicitud de Clasificación Ambiental para proyecto Solicitud de Inclusión en el procedimiento de Evaluación Ambiental para el proyecto “Obra sistema de Gas Natural Industrial-Nueva Planta de Cal Los Tilianes II”. Perteneciente a Los Tilianes S.A., en la localidad de Volcán, Depto. Tumbaya, Provincia de Jujuy, Iniciado por el Sr. NILO CARLOS CARRIÓN, DNI 12.977.476 en carácter de responsable del proyecto;
La Ley Provincial Nº 5063 “General del Medio Ambiente” y sus Decretos Reglamentarios Nº 5980/06 “Evaluación de Impacto Ambiental y Normas Técnicas de Calidad Ambiental para la Protección de la Atmósfera, de las Aguas y del Suelo” y su modificatorio Nº 9067/07, la Ley Nº 6492 Impositiva de la Provincia de Jujuy y la Ley N° 5875 Orgánica del Poder Ejecutivo, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Nilo Carlos Carrión, DNI 12.977.476 en carácter de responsable del proyecto, presentó ante este Organismo la solicitud de Clasificación Ambiental para el proyecto “Obra sistema de Gas Natural Industrial-Nueva Planta de Cal Los Tilianes II”. Perteneciente a la empresa Los Tilianes S.A., en la localidad de Volcán, Depto. Tumbaya, Provincia de Jujuy.-
Que, mediante Resolución RS-2026-00892954-JUJ-SCA#MA, se incluyó al proyecto “Obra sistema de Gas Natural Industrial-Nueva Planta de Cal Los Tilianes II”. Perteneciente a la empresa Los Tilianes S.A., en la localidad de Volcán, Dpto. Tumbaya, Provincia de Jujuy, en el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental previsto en los Decretos Nº 5980/06 y Nº 9067/07, reglamentarios de la Ley General del Ambiente, y se solicitó la presentación de un Estudio de impacto Ambiental Detallado tal como lo especifica el DR Nº 5980/06 en su anexo I, inciso m) “Construcción de oleoductos, gasoductos, acueductos y otros conductores de energías o sustancias de alto impacto ambiental”.
Que, en cumplimiento de ello, el Sr. Nilo Carlos Carrión, DNI 12.977.476 en carácter de responsable del proyecto, presentó mediante Nota enviada vía mail, un Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EsIA) para el proyecto mencionado ut supra a realizarse en la localidad de Volcán, Dpto. Tumbaya, Provincia de Jujuy, de conformidad a las disposiciones de los Decretos Reglamentarios Nº 5980/06 y 9067/07.
Que, con fecha 30 de septiembre, 28 y 30 de septiembre y 02 de octubre de 2026, y los días 23; 24; y 25 de septiembre de 2026, el Sr. Nilo Carlos Carrión, DNI 12.977.476. realizó las publicaciones de una descripción sucinta del proyecto en el Boletín Oficial de la Provincia y diarios locales, dando cumplimiento al artículo N°3 de la Resolución RS-2026-00892954-JUJ-SCA#MA, y que cumplido el plazo de 10 (diez) días hábiles, contados a partir de la fecha de la última publicación, no se han recepcionado en esta Secretaría observaciones al proyecto, considerando suficiente esta instancia de sociabilización.
Que, la Ley N° 6492 Impositiva de la Provincia de Jujuy, en su Art. 11°, ítem C-1 fija parámetros para la determinación de los montos en concepto de tasa retributiva por el servicio de evaluación de impacto ambiental, en los términos del D.R Nº 5980/06.-
Que, por todo lo expuesto, y en cumplimiento con la normativa vigente, corresponde se otorgue la Factibilidad ambiental al proyecto en mencionado.-
Que, la Ley N° 6492 Impositiva de la Provincia de Jujuy, en su Art. 11°, ítem C-1 fija parámetros para la determinación de los montos en concepto de tasa retributiva por el servicio de evaluación de impacto ambiental, en los términos del D.R Nº 5980/06.-
Por ello;
EL SECRETARIO DE CALIDAD AMBIENTAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°: Otorgar Factibilidad Ambiental Proyecto “Obra sistema de Gas Natural Industrial-Nueva Planta de Cal Los Tilianes II”. Perteneciente a la empresa Los Tilianes S.A., en la localidad de Volcán, Dpto. Tumbaya, Provincia de Jujuy, Iniciado por el Sr. NILO CARLOS CARRIÓN, DNI 12.977.476 en carácter de responsable del proyecto; por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTÍCULO 2°: La presente Resolución agota la vía administrativa. La parte Resolutiva de la misma deberá ser publicada a cargo del proponente, por una (1) vez en el Boletín Oficial de la Provincia (art. 28 Dec. Reg. 5980/06). Luego, deberá remitir copia de la publicación a este Organismo.
ARTICULO 3°: El incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2° dejará sin efecto lo establecido en el Artículo 1°.
ARTÍCULO 4º: La Secretaría de Calidad Ambiental se reserva el derecho de solicitar los monitoreos y/o informes y de realizar las inspecciones que considere necesarias en el ejercicio de poder de Policía Ambiental.
ARTÍCULO 5º: La Secretaría de Calidad Ambiental se reserva el derecho de solicitar los monitoreos y/o informes y de realizar las inspecciones que considere necesarias en el ejercicio de poder de Policía Ambiental.
ARTÍCULO 6°: Las disposiciones de la presente Resolución, no eximen a la administrada, por la producción de alguna contingencia y/o por la responsabilidad administrativa, penal, civil por cualquier daño o perjuicio que las actividades pudieran ocasionar al medio ambiente y/o a la vida, salud e integridad física de la población en general.
ARTÍCULO 7°: Fíjese como tasa retributiva por el servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, el monto equivalente a 600 (SEISCIENTO) LITROS DE NAFTA ESPECIAL SIN PLOMO, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N°6492 “Impositiva de la provincia de Jujuy”. Dicha suma será abonada en Tesorería del Ministerio de Ambiente e ingresada como partida diferenciada a la Cuenta Corriente Nº 3-200-0941007656-8, denominada Secretaría de Calidad Ambiental, cargo Banco Macro, San Salvador de Jujuy.-
ARTÍCULO 8°: Firmado, regístrese por Despacho de esta Secretaría. Notifíquese al Sr. NILO CARLOS CARRIÓN, DNI 12.977.476 en carácter de responsable del proyecto, a la Comisión Municipal de Volcán, a la Dirección de Evaluación Ambiental y Fiscalización a sus efectos. Cumplido, archívese.-
Rene Alejandro Fernández
Secretario de Estado
06 NOV. LIQ. Nº 45767 $1.900,00.-








