BOLETIN OFICIAL Nº 132 – 04/11/2026

RESOLUCION Nº 148-E-JUJ-SMH#MM/2026.-

EXPTE. Nº 688-166/2026.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 NOV. 2026.-

VISTO:

El Expediente Nº 0668-166-2026, caratulado «Informe de Impacto Ambiental de Mina LENA. Categoría: Exploración inicial – Etapa de Exploración. Titular: TIERRA EXPLORACIÓN S.A. Departamento Cochinoca, y el Decreto N.º 7751-DEyP-2023; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 77 del Decreto Nº 7751-DEyP-2023 establece instancias de información, participación y consulta pública para la evaluación de los Informes de Impacto Ambiental de proyectos mineros;

Que, a tal fin, la Secretaría de Minería e Hidrocarburos difunde el inicio de cada procedimiento en el sitio web www.mineriajujuy.gob.ar, donde se reciben consultas y observaciones a través del enlace https://www.mineriajujuy.gob.ar/consulta-publica-iia/publicacion-iia.php;

Que las consultas y observaciones pueden presentarse dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la publicación en el Boletín Oficial;

Que, conforme al artículo 43 del citado Decreto, las presentaciones deben estar redactadas o traducidas al español y ser pertinentes respecto de los trabajos informados, en el marco de una participación ciudadana responsable;

Que el Informe de Impacto Ambiental de Mina LENA, cumple todos los requisitos exigidos para el inicio de su evaluación;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la normativa vigente,

EL SECRETARIO DE MINERÍA E HIDROCARBUROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy el inicio de la evaluación del Informe de Impacto Ambiental de Mina LENA. (Expte. N.º 0668-166-2026).-

ARTÍCULO 2º.- Habilítese la recepción de consultas y observaciones sobre dicho Informe a través del enlace https://www.mineriajujuy.gob.ar/consulta-publica-iia/publicacion-iia.php, durante quince (15) días hábiles contados desde su publicación en el Boletín Oficial, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el sitio web oficial del Ministerio de Minería, y remítase copia al Ministerio de Minería, al Juzgado Administrativo de Minas y a la Dirección Provincial de Minería. Cumplido, archívese.-

Mg. Ing. Pablo Armando Bergese

Secretario de Minería e Hidrocarburos