BOLETIN OFICIAL Nº 130 – 30/10/2026
RESOLUCION Nº 1124-IVUJ/2026.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 SEPT. 2026.-
VISTO:
El EXPEDIENTE Nº 0615-4149/2015, caratulado DEDUCTIVO DE OBRA: NEXO VIAL ACCESO 30 HECTÁREAS EN ALTO COMEDERO”, CONTRATISTA D.G. CONSTRUCCIONES – JOSÉ LUIS SOSA PAZ CONSTRUCCIONES – UTE; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Nº 3045-IVUJ-2022, este Instituto dispuso la rescisión por culpa exclusiva de la contratista del contrato correspondiente a la obra denominada “NEXO VIAL ACCESO 30 HECTÁREAS EN ALTO COMEDERO”, adjudicada a la UTE D.G. CONSTRUCCIONES – JOSÉ LUIS SOSA PAZ CONSTRUCCIONES, por los fundamentos allí expuestos.-
Que, según surge de fs. 43, la Dirección de Registro de Contratistas y Proveedores del Estado informó, con fecha 26/09/2022, que D.G. CONSTRUCCIONES y JOSÉ LUIS SOSA PAZ CONSTRUCCIONES no se encontraban inscriptas en dicho Registro, registrándose como últimos años de inscripción/renovación 2013 y 2014, respectivamente.-
Que, consta a fs. 55, que la Resolución Nº 3045-IVUJ-2022 no fue notificada a la contratista.-
Que, conforme surge de los informes emitidos por el Departamento Construcciones en el año 2026, se efectuó un análisis actualizado del estado de la obra del cual surge la necesidad de determinar y aprobar previamente el deductivo correspondiente a los trabajos no ejecutados por la UTE, a fin de establecer con precisión el alcance físico y económico del contrato y, posteriormente, formalizar la rescisión contractual.-
Que, atento al estado actual de las actuaciones y a la necesidad de efectuar previamente dicha determinación, corresponde dejar sin efecto la Resolución Nº 3045-IVUJ-2022 y proseguir el trámite conforme a los antecedentes técnicos incorporados al expediente.-
Por ello y en virtud de las atribuciones conferidas por Decretos-Leyes Nº 3354/77 y 4024/83, ratificados por artículo 23 de la Ley Nº 4133/84.-
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE JUJUY
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 3045-IVUJ-2022, mediante la cual se dispuso rescindir, por culpa exclusiva de la contratista, el Contrato de Obra Pública suscripto entre el INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE JUJUY y la UTE D.G. CONSTRUCCIONES – JOSÉ LUIS SOSA PAZ CONSTRUCCIONES, correspondiente a la obra denominada “NEXO VIAL ACCESO 30 HECTÁREAS EN ALTO COMEDERO”.-
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese. Por Departamento Despacho General, notifíquese a las empresas contratistas a través del Boletín Oficial de la Provincia. Remítase copia a los Departamentos Planeamiento Urbano, Construcciones, Administrativo Contable, Administrativo Financiero, Inversión Financiera y Auditoría Interna. Cumplido, archívese.-
Arq. José Luis Paiquez
Presidente








