BOLETIN OFICIAL Nº 128 – 26/10/2026
RESOLUCION Nº 2357-E/2026.-
EXPTE. Nº 1084-168/2026.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 OCT. 2026.-
VISTO:
La solicitud de la Dirección de Educación Inicial en relación a la cobertura de cargos vacantes de Supervisores de Zona de Nivel Inicial, con carácter provisional, en las Regiones Educativas I, III, IV, V, VI y VII; y
CONSIDERANDO:
Que, atento a lo informado en las presentes actuaciones, la Dirección de Educación Inicial solicita la cobertura de doce (12) cargos vacantes de Supervisores de Zona de las regiones I, III, IV, V, VI y VII.-
Que, mediante Resolución Nº 1724-E-26 y su ampliatoria Resolución Nº 2058-E-26, se regularizan administrativamente los cargos de Supervisión de Nivel Inicial.-
Que, es imprescindible contar con equipos de Supervisión que garanticen el seguimiento, control y asesoramiento a las instituciones educativas, con el fin de ofrecer un servicio educativo de calidad.-
Que, en conformidad a lo establecido en el Artículo 67º, inciso k) de la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, es derecho de los docentes “el acceso a los cargos por concurso de antecedentes, conforme a lo establecido en la legislación vigente para las instituciones de gestión estatal”.-
Que, en el mismo sentido, el Artículo 102º, inciso 10) de la Ley de Educación Provincial Nº 5807/13 garantiza el derecho del docente a “… ingresar al sistema y ascender en la carrera profesional mediante un régimen de concursos de antecedentes que garantice la idoneidad profesional, el respeto por las incumbencias profesionales y la estabilidad de los cargos.-
Que, en función de lo mencionado y la necesidad de atender las exigencias pedagógicas y administrativas en el Sistema Educativo, resulta conveniente convocar a un Concurso de Antecedentes para Supervisores de Zona de Nivel Inicial para la cobertura de los cargos vacantes, con carácter provisional.-
Que, la fuente legal para formalizar los requisitos para el Concurso de Antecedentes están establecidos en el Artículo 5º inciso c) y Artículo 29º del Estatuto del Docente Provincial Ley Nº 2531/60.-
Que, la Junta Provincial de Calificación Docente Sala Inicial realizará el Listado de Orden de Mérito conforme la calificación del aspirante en el LOM Institucional Vigente.-
Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 8º de la Resolución Nº 2061-E-24, los docentes que hayan sido formalmente intimados a iniciar trámites de jubilación no podrán participar en la presente convocatoria.-
Que, es política del Ministerio de Educación, garantizar procedimientos administrativos que posibiliten la cobertura de los cargos vacantes de Supervisores de Zona de la Provincia, asegurando el acompañamiento de las trayectorias educativas.-
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias.-
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Convócase a Concurso de Antecedentes para la cobertura, con Carácter Provisional, de doce (12) cargos vacantes de Supervisores de Zona de Educación Inicial según se detalla en Anexo Único que integra la presente Resolución de conformidad a lo expuesto en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que podrán participar del presente Concurso los Directores y Vicedirectores Titulares de los Jardines Independientes (JI) y Jardines de Infantes Nucleados (JIN) de 1º y 2º categoría que reúnan los siguientes requisitos:
- Poseer Título de Profesor de Enseñanza en el Nivel Inicial conforme al Artículo 29º inciso a) del Estatuto del Docente Provincial Ley Nº 2531/60.-
- Revistar Situación Activa conforme al Artículo 2º y Artículo 3º inciso a) del Estatuto del Docente Provincial Ley Nº 2531/60.-
- Ser argentino nativo o naturalizado conforme al Artículo 29° inciso b) del Estatuto del Docente Provincial Ley Nº 2531/60.-
- Tener dos (2) años por lo menos de antigüedad en el cargo de director o vicedirector de Escuela Superior pero en ningún caso menos de ocho (8) años de servicios continuados en la docencia provincial conforme al Artículo 29º inciso c) del Estatuto del Docente Provincial Ley Nº 2531/60.-
- Tener Desempeño Profesional MUY BUENO conforme al Artículo 29º inciso ch) del Estatuto del Docente Provincial Ley Nº 2531/60 durante los últimos cinco (5) años y normativa concordante.-
- No registrar medidas disciplinarias en el año del concurso o en el inmediato anterior conforme al Artículo 29º inciso ch) del Estatuto del Docente Provincial Ley Nº 2531/60.-
ARTÍCULO 3º.- Dispónese que, para la calificación del Desempeño Profesional, Junta Provincial de Calificación Docente Sala Inicial procederá a asimilar los Conceptos Profesionales de los docentes inscriptos en el concurso que obran actualmente en los legajos, a las categorías establecidas en grilla de calificación de antecedentes vigente y aplicable para la elaboración de los Listados de Orden de Mérito (LOM) correspondiente al año 2026.-
ARTÍCULO 4º.- Autorízase a la Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Inicial con el acompañamiento de la Dirección de Educación Inicial a ofrecer en Acto Público los cargos vacantes, con carácter provisional de Supervisores de Zona de Nivel Inicial, de acuerdo al siguiente orden de prelación:
- En Primer Orden, los Directores Titulares de los JI o JIN de 1º y 2º categoría con Concurso de Oposición y Antecedente aprobado.-
- En Segundo Orden, los Vicedirectores Titulares de los JI o JIN de 1º y 2º categoría con Concurso de Oposición y Antecedente aprobado.-
ARTÍCULO 5º.- Dispónese que los docentes que hayan sido formalmente intimados a iniciar el trámite de jubilación, antes de la inscripción o durante el desarrollo del concurso, no podrán participar de la presente convocatoria conforme al Artículo 8º de la Resolución Nº 2061-E-24.-
ARTÍCULO 6º.- Considérase de manera provisoria la inscripción y participación de los aspirantes que estuviesen sometidos a procesos sumariales. Si al momento del ofrecimiento del cargo con carácter provisional, el concursante continúa con la sustanciación del sumario o resultare pasible de las medidas disciplinarias previstas en el Artículo 67º en los incisos ch), d), e), f), y g) del Estatuto del Docente Provincial Ley Nº 2531/60, se desestimara su designación en el cargo.-
ARTÍCULO 7º.- Establécese que la Dirección de Educación Inicial deberá emitir el Acto Administrativo que disponga la Designación de los Supervisores, y asimismo deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en Circular Nº 02-SGE/19, para su correspondiente alta en el Área de Recursos Humanos.-
ARTÍCULO 8º.- Encomiéndase a la Secretaría de Gestión Educativa, Presidencia de Junta Provincial de Calificación Docente, Junta Provincial de Calificación Docente Sala Inicial, Dirección de Educación Inicial, Supervisores de Educación Inicial, Dirección Provincial de Evaluación Institucional y a las Jefaturas Administrativas Regionales I, II, III, IV, V, VI y VII, la responsabilidad de difundir la presente Resolución a todas las Instituciones Educativas.-
ARTICULO 9º.- Regístrese y remítase con copia certificada al Boletín Oficial para su publicación íntegra. Cumplido, pase a conocimiento de la Dirección Provincial de Evaluación Institucional, Secretaría de Gestión Educativa, Junta Provincial de Calificación Docente Presidencia, Junta Provincial de Calificación Docente Sala Inicial, Dirección de Educación Inicial, Dirección Provincial de Administración y Área de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.-
Mg. Daniela A. Teseira
Ministra de Educación
ANEXO ÚNICO
CARGOS VACANTE DE SUPERVISORES DE ZONA DE NIVEL INICIAL, REGIÓN I, III, IV, V, VI Y VII.
| ORDEN | REGIÓN | CARGO | CUPOF | CARÁCTER | TURNO |
| 01 | I | SUPERVISOR NIVEL INICIAL | 270164 | PROVISIONAL | MAÑANA-TARDE-VESPERTINO |
| 02 | I | SUPERVISOR NIVEL INICIAL | 270165 | PROVISIONAL | MAÑANA-TARDE-VESPERTINO |
| 03 | III | SUPERVISOR NIVEL INICIAL | 270147 | PROVISIONAL | MAÑANA-TARDE-VESPERTINO |
| 04 | III | SUPERVISOR NIVEL INICIAL | 270151 | PROVISIONAL | MAÑANA-TARDE-VESPERTINO |
| 05 | III | SUPERVISOR NIVEL INICIAL | 270153 | PROVISIONAL | MAÑANA-TARDE-VESPERTINO |
| 06 | III | SUPERVISOR NIVEL INICIAL | 270155 | PROVISIONAL | MAÑANA-TARDE-VESPERTINO |
| 07 | III | SUPERVISOR NIVEL INICIAL | 270149 | PROVISIONAL | MAÑANA-TARDE-VESPERTINO |
| 08 | IV | SUPERVISOR NIVEL INICIAL – SEDE PALMA SOLA | 270159 | PROVISIONAL | MAÑANA-TARDE-VESPERTINO |
| 09 | V | SUPERVISOR NIVEL INICIAL – SEDE VALLE GRANDE | 271281 | PROVISIONAL | MAÑANA-TARDE-VESPERTINO |
| 10 | V | SUPERVISOR NIVEL INICIAL | 270142 | PROVISIONAL | MAÑANA-TARDE-VESPERTINO |
| 11 | VI | SUPERVISOR NIVEL INICIAL | 270163 | PROVISIONAL | MAÑANA-TARDE-VESPERTINO |
| 12 | VII | SUPERVISOR NIVEL INICIAL | 270157 | PROVISIONAL | MAÑANA-TARDE-VESPERTINO |
Mg. Daniela A. Teseira
Ministra de Educación








