BOLETIN OFICIAL Nº 127 – 23/10/2026

RESOLUCION CONJUNTA Nº 2216-E-S/2026.-

EXPTE. Nº 1090-1376/2025.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 SEP. 2026.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Autorízase la implementación de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN AGENTE SANITARIO Y PROMOTOR DE LA SALUD” conforme al Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por Resolución Conjunta N° 3466-E/S-2022 en el Instituto Superior en Ciencias de la Salud localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800928-00, para la cohorte 2026 con inicio en el mes de abril, por las razones expuestas en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que la Dirección de Títulos aplique, la Estructura Curricular y Régimen de Correlatividades que forman parte del Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por Resolución Conjunta N° 3466-E/S-2022 para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Agente Sanitario y Promotor de la Salud”, para la cohorte 2026 con inicio en el mes de abril, de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN AGENTE SANITARIO Y PROMOTOR DE LA SALUD” del Instituto Superior en Ciencias de la Salud, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy.-

ARTÍCULO 3°.- Dispónese que la Dirección de Educación Superior y la Dirección de Títulos deberán gestionar los trámites de validez nacional de la carrera mencionada en el Artículo 1°.-

ARTÍCULO 4°.- Establécese que el Instituto Superior en Ciencias de la Salud localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación, edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.-

ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Institución, deberá cumplir con las observaciones edilicias formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el inicio del Ciclo Lectivo 2027, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.-

ARTÍCULO 6°.- Procédase por Coordinación de Despacho del Ministerio de Educación a notificar los términos de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior.-

ARTÍCULO 7°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Hecho, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Planeamiento Estratégico, Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa, Dirección de Educación Privada, Dirección de Títulos, Comisión de Estudio de Títulos, Dirección de Educación Superior y Ministerio de Salud. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación y archívese.

Lic. José Rubén Manzur

Ministro de Salud

Mg. Daniela A. Teseira

Ministra de Educación