BOLETIN OFICIAL Nº 117 – 30/09/2026

RESOLUCION Nº 2157-E/2026.-

EXPTE. Nº 1094-8/2026.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 SEP. 2026.-

VISTO:

La solicitud de la Dirección de Educación Primaria en relación a la cobertura de cargos vacantes de Supervisores de Zona de Nivel Primario y Supervisor de Zona de Educación Física, con carácter provisional, en las Regiones Educativas I, II, III, IV, V, VI y VII; y

CONSIDERANDO:

Que, atento a lo informado en las actuaciones NOTA-DEP-627-26, la Dirección de Educación Primaria expresa la necesidad de arbitrar los medios necesarios para cubrir cuatro (4) cargos vacantes de Supervisores de Zona de las regiones III, IV y VII y un (1) cargo vacante de Supervisor de Zona de Educación Física para las regiones I, II y VII, producto de la jubilación de los supervisores; un (1) cargo de Supervisor de Zona de Región V, producto de la habilitación definitiva del cargo; y dos (2) cargos de Supervisores de Zona de las Regiones IV y VI correspondientes a cargos habilitados según Expediente N° 1061-674-25;

Que, es imprescindible contar con equipos de Supervisión que garanticen el seguimiento, control y asesoramiento a las instituciones educativas, con el fin de ofrecer un servicio educativo de calidad;

Que, en conformidad a lo establecido en el Artículo 67°, inciso k) de la Ley de Educación Nacional N° 26.206, es derecho de los docentes “el acceso a los cargos por concurso de antecedentes, conforme a lo establecido en la legislación vigente para las instituciones de gestión estatal”;

Que, en el mismo sentido, el Artículo 102°, inciso 10) de la Ley de Educación Provincial N° 5807/13 garantiza el derecho del docente a “… ingresar al sistema y ascender en la carrera profesional mediante un régimen de concursos de antecedentes que garantice la idoneidad profesional, el respeto por las incumbencias profesionales y la estabilidad de los cargos…”

Que, en función de lo mencionado y la necesidad de atender las exigencias pedagógicas y administrativas en el Sistema Educativo, resulta conveniente convocar a un Concurso de Antecedentes para Supervisores de Zona de Nivel Primario y Supervisor de Zona de Educación Física para la cobertura de los cargos vacantes, con carácter provisional;

Que, la fuente legal para formalizar los requisitos para el Concurso de Antecedentes están establecidos en el Artículo 5° inciso c) y Artículo 29° del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60;

Que, la Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Primaria realizará la valoración de antecedentes de los docentes inscriptos, conforme a la Grilla de Calificación de Antecedentes vigente para la elaboración de los Listados de Orden de Mérito (LOM);

Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 8º de la Resolución N° 2061-E-24, los docentes que hayan sido formalmente intimados a iniciar trámites de jubilación no podrán participar en la presente convocatoria;

Que, es política del Ministerio de Educación, garantizar procedimientos administrativos que posibiliten la cobertura de los cargos vacantes de Supervisores de Zona de la Provincia, asegurando el acompañamiento de las trayectorias educativas;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Convócase a Concurso de Antecedentes para la cobertura, con Carácter Provisional, de ocho (8) cargos vacantes de Supervisores de Zona de Educación Primaria y Educación Física según se detalla en Anexo I que integra la presente Resolución de conformidad a lo expuesto en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Reglamento para El Concurso de Antecedentes para cubrir Vacantes Provisionales en Cargos Supervisivos de Nivel Primario que como Anexo II forma parte del presente acto resolutivo.-

ARTÍCULO 3º.- Apruébase el Reglamento para El Concurso de Antecedentes para cubrir Vacantes Provisionales en Cargos Supervisivos de Educación Física que como Anexo III forma parte del presente acto resolutivo.-

ARTÍCULO 4º.- Facúltase a la Presidencia de la Junta Provincial de Calificación Docente la elaboración, publicación e implementación del cronograma del presente concurso para la inscripción de los docentes comprendidos en el Artículo 2º y Artículo 3º del Acto Resolutivo.-

ARTÍCULO 5º.- Encomiéndase a la Secretaría de Gestión Educativa, Presidencia de Junta Provincial de Calificación Docente, Junta Provincial de Calificación Docente Sala Primaria. Dirección de Educación Primaria, Supervisores de Educación Primaria, Supervisores de Educación Física, Dirección Provincial de Evaluación Institucional y a las Jefaturas Administrativas Regionales I, II, III, IV, V, VI y VII, la responsabilidad de difundir la presente Resolución a todas las Instituciones Educativas.-

ARTICULO 6º.- Regístrese y remítase con copia certificada al Boletín Oficial para su publicación integra. Cumplido, pase a conocimiento de la Dirección Provincial de Evaluación Institucional, Secretaría de Gestión Educativa, Junta Provincial de Calificación Docente – Presidencia, Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Primaria, Dirección de Educación Primaria, Dirección de Educación Inicial, Dirección Provincial de Administración y Área de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.-

Mg. Daniela A. Teseira

Ministra de Educación

ANEXO I

CARGOS VACANTE DE SUPERVISORES DE ZONA DE NIVEL PRIMARIO, Y EDUCACIÓN FÍSICA, REGIÓN I, II, III, IV, V, VI Y VII

ORDENREGIÓNCARGOCUPOFCARÁCTERTURNOS
01IIISUPERVISOR NIVEL PRIMARIO272074PROVISIONALMAÑANA-TARDE
02IVSUPERVISOR NIVEL PRIMARIO272063PROVISIONALMAÑANA-TARDE
03IVSUPERVISOR NIVEL PRIMARIO272062PROVISIONALMAÑANA-TARDE
04VIISUPERVISOR NIVEL PRIMARIO272061PROVISIONALMAÑANA-TARDE
05VSUPERVISOR NIVEL PRIMARIO272092PROVISIONALMAÑANA-TARDE
06IVSUPERVISOR NIVEL PRIMARIO272065PROVISIONALMAÑANA-TARDE
07VISUPERVISOR NIVEL PRIMARIO272084PROVISIONALMAÑANA-TARDE
08I – II – VIISUPERVISOR EDUCACIÓN FÍSICA272079PROVISIONALMAÑANA-TARDE

Mg. Daniela A. Teseira

Ministra de Educación

ANEXO II

REGLAMENTO DEL CONCURSO DE ANTECEDENTES PARA CUBRIR VACANTES PROVISIONALES EN CARGOS SUPERVISIVOS DE NIVEL PRIMARIO

ARTÍCULO 1º.- Se establece que podrán participar del presente Concurso los Directores y Vicedirectores Titulares de Escuelas de 1º y 2º categoría que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Poseer Titulo de Profesor de Enseñanza en el Nivel Primario conforme al Articulo 29° inciso a) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60.
  2. Revistar Situación Activa conforme al Artículo 2º y Artículo 3º inciso a) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60.
  3. Ser argentino nativo o naturalizado conforme al Artículo 29° inciso b) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60.
  4. Tener dos (2) años por lo menos de antigüedad en el cargo de director o vicedirector de Escuela Superior pero en ningún caso menos de ocho (8) años de servicios continuados en la docencia provincial conforme al Artículo 29° inciso c) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60.
  5. Tener Desempeño Profesional MUY BUENO conforme al Artículo 29° inciso ch) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60 durante los últimos cinco (5) años.
  6. No registrar medidas disciplinarias en el año del concurso o en el inmediato anterior conforme al Artículo 29° inciso ch) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60.

ARTÍCULO 2º.- Se dispone que, para la calificación del Desempeño Profesional, la Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Primaria procederá a asimilar los Conceptos Profesionales de los docentes inscriptos en el concurso, que obran actualmente en los legajos, a las categorías establecidas en la grilla de calificación de antecedentes vigente y aplicable para la elaboración de los Listados de Orden de Mérito (LOM) correspondientes al año 2026.-

ARTÍCULO 3º.- La Junta Provincial de Calificación Docente Sala Primaria con el acompañamiento de la Dirección de Educación Primaria ofrecerán en Acto Público los cargos vacantes, con carácter provisional de Supervisores de Zona de Nivel Primario, de acuerdo al siguiente orden de prelación:

  1. En Primer Orden, los Directores Titulares de Escuelas de 1º y 2° categoría con Concurso de Oposición y Antecedente aprobado.
  2. En Segundo Orden, los Vicedirectores Titulares de Escuelas de 1º y 2° categoría con Concurso de Oposición y Antecedente aprobado.

ARTÍCULO 4º.- Los docentes que hayan sido formalmente intimados a iniciar el trámite de jubilación, antes de la inscripción o durante el desarrollo del concurso, no podrán participar de la presente convocatoria conforme al Artículo 8º de la Resolución N° 2061-E-24.-

ARTÍCULO 5º.- Se considera de manera provisoria la inscripción y participación de los aspirantes que estuviesen sometidos a procesos sumariales. Si al momento del ofrecimiento del cargo con carácter provisional, el concursante continúa con la sustanciación del sumario o resultare pasible de las medidas disciplinarias previstas en el Artículo 67° en los incisos ch), d), e), f) y g) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60, se desestimará su designación en el cargo.-

ARTÍCULO 6º.- Efectivizado el ofrecimiento la Dirección de Educación Primaria deberá emitir e Acto Administrativo que disponga la Designación del Supervisor, y asimismo deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en Circular N° 02-SGE/19, para su correspondiente alta en el Área de Recursos Humanos.-

Mg. Daniela A. Teseira

Ministra de Educación

ANEXO III

REGLAMENTO DEL CONCURSO DE ANTECEDENTES PARA CUBRIR VACANTES PROVISIONALES EN CARGOS SUPERVISIVOS DE EDUCACIÓN FÍSICA

ARTÍCULO 1º.- Se establece que podrán participar del presente Concurso los Docentes Titulares de Escuelas de 1º y 2° categoría que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Poseer Título de Profesor de Educación Física conforme al Articulo 29° inciso a) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60. a) del Estatuto del
  2. Revistar Situación Activa conforme al Artículo 2º y Artículo 3º inciso Docente Provincial Ley N° 2531/60.
  3. Ser argentino nativo o naturalizado conforme al Artículo 29° inciso b) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60.
  4. Tener por lo menos de ocho (8) años de servicios continuados en la docencia provincial conforme al Artículo 29° inciso c) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60.
  5. Tener Desempeño Profesional MUY BUENO conforme al Artículo 29° inciso ch) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60 durante los últimos cinco (5) años.
  6. No registrar medidas disciplinarias en el año del concurso o en el inmediato anterior conforme al Artículo 29° inciso ch) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60.

ARTÍCULO 2º.- Se dispone que, para la calificación del Desempeño Profesional, la Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Primaria procederá a asimilar los Conceptos Profesionales de los docentes inscriptos en el concurso, que obran actualmente en los legajos, a las categorías establecidas en la grilla de calificación de antecedentes vigente y aplicable para la elaboración de los Listados de Orden de Mérito (LOM) correspondientes al año 2026.-

ARTICULO 3º.- La Junta Provincial de Calificación Docente Sala Primaria con el acompañamiento de la Dirección de Educación Primaria y la Dirección de Educación Inicial ofrecerán en Acto Público los cargos vacantes, con carácter provisional de Supervisores de Zona de Educación Física, de acuerdo al siguiente orden de prelación:

  1. En Primer Orden, los Docentes Titulares de Escuelas de 1º y 2º categoría.

ARTÍCULO 4º.- Los docentes que hayan sido formalmente intimados a iniciar el trámite de jubilación, antes de la inscripción o durante el desarrollo del concurso, no podrán participar de la presente convocatoria conforme al Artículo 8º de la Resolución N° 2061-E-24.-

ARTÍCULO 5º.- Se considera de manera provisoria la inscripción y participación de los aspirantes que estuviesen sometidos a procesos sumariales. Si al momento del ofrecimiento del cargo con carácter provisional, el concursante continúa con la sustanciación del sumario o resultare pasible de las medidas disciplinarias previstas en el Artículo 67° en los incisos ch), d), e), f) y g) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60, se desestimará su designación en el cargo.-

ARTÍCULO 6°.- Efectivizado el ofrecimiento la Dirección de Educación Primaria deberá emitir el Acto Administrativo que disponga la Designación del Supervisor, y asimismo deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en Circular N° 02-SGE/19, para su correspondiente alta en el Área de Recursos Humanos.-

Mg. Daniela A. Teseira

Ministra de Educación