BOLETIN OFICIAL Nº 116 – 28/09/2026
RESOLUCION Nº 335-SOTyH/2026.-
EXPTE. Nº 617-440/2026.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 SEP. 2026.-
EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y HÁBITAT
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DISPONER la rescisión del Contrato de Comodato celebrado con la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, de fecha 12 de marzo de 2024, en virtud de la voluntad expresamente manifestada por dicho organismo y conforme a lo previsto en la cláusula segunda del referido instrumento contractual, dejando sin efecto la Resolución N.º 036-S.O.T.yV./2024, de fecha 15 de marzo de 2024, por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- OTORGAR en COMODATO al MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO DE LA PROVINCIA DE JUJUY, por el plazo de DOS (2) AÑOS, una fracción de aproximadamente ciento sesenta metros cuadrados (160 m²), desprendida de un inmueble de mayor extensión de propiedad del Estado Provincial, ubicado en la intersección de las calles Coronel Iturbe y Fermín de la Quintana, barrio San Martín, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, con destino al funcionamiento de sus dependencias y dispositivos institucionales.-
ARTÍCULO 3º.- AUTORIZAR la suscripción del correspondiente Contrato de Comodato, cuyo plazo de vigencia se computará a partir de su celebración, debiendo establecerse en el mismo las condiciones de uso, conservación, mantenimiento y restitución del inmueble.-
ARTÍCULO 4º.- ESTABLECER que el Ministerio de Desarrollo Humano deberá destinar el inmueble exclusivamente a los fines autorizados en el artículo 2. °, quedando a su cargo las obligaciones de conservación, mantenimiento, seguridad y restitución del bien, conforme a las condiciones que se establezcan en el respectivo contrato de comodato. Asimismo, no podrá modificar su destino ni ceder o transferir su uso a terceros sin autorización expresa de esta Secretaría.-
ARTÍCULO 5º.- REGÍSTRESE. Por Coordinación de Despacho General, notifíquese a los organismos interesados. Remítanse copias certificadas al Boletín Oficial para su publicación en forma sintética y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido pase a las áreas competentes para la instrumentación de lo dispuesto en la presentë resolución.-
Arq. Eduardo Raúl Cazón
Secretario de Ordenamiento Territorial y Hábitat








