BOLETIN OFICIAL Nº 114 – 23/09/2026
RESOLUCION Nº 1991-E/2026.-
EXPTE. Nº 1090-1389/2025.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 SEP. 2026.-
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase la implementación de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN GESTIÓN Y PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS” conforme al Diseño Curricular Institucional aprobado por la Resolución N° 5325-E-25 en el Instituto de Educación Superior Intercultural “Campinta Guazú Gloria Pérez localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800902-00, para la cohorte 2026 con inicio en el mes de abril, por las razones expuestas en el exordio.-ARTICULO 2º.- Dispónese que la Dirección de Títulos, aplique, la Estructura Curricular y Régimen de Correlatividades que forman parte del Diseño Curricular Institucional aprobado por la Resolución N° 5325-E-25 para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Gestión y Prevención de Emergencias” para la cohorte 2026 con inicio en el mes de abril, de la carrera “Técnicatura Superior en Gestión y Prevención de Emergencias” del Instituto de Educación Superior Intercultural “Campinta Guazú Gloria Pérez, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy.-
ARTÍCULO 3º.- Dispónese que la Dirección de Educación Superior y la Dirección de Titulos deberán gestionar los trámites de validez nacional de la carrera mencionada en el Artículo 1°.-
ARTÍCULO 4º.- Establécese que Instituto de Educación Superior Intercultural “Campinta Guazú Gloría Pérez, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.-
ARTICULO 5º.- Dispónese que la Institución, deberá cumplir con las observaciones edilicias formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el inicio del Ciclo Lectivo 2027, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.-
ARTÍCULO 6º.- Procédase por Coordinación de Despacho del Ministerio de Educación a notificar de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior.-
ARTICULO 7º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Hecho, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaria de Planeamiento Estratégico, Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa, Dirección de Educación Privada, Dirección de Títulos, Comisión de Estudio de Títulos y Dirección de Educación Superior Cumplido, archívese.-
Mg. Daniela A. Teseira
Ministra de Educación








