BOLETIN OFICIAL Nº 112 – 18/09/2026

RESOLUCION Nº 216-E-JUJ-EARPU/2026.-

EXPTE. Nº 950-01/2026.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 SEP. 2026.-

EL PRESIDENTE DEL ENTE AUTÁRQUICO REGULADOR DE PLANIFICACIÓN URBANA

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Rectificase el párrafo 1º del Artículo 1º de la RESOL-2026-208-E-JUJ-EARPU, dejándose establecido que donde dice: “Ténganse por aprobados y cumplidos los Contratos de Locación de Servicio celebrados entre el Ente Autárquico Regulador de Planificación Urbana, y los Agentes, que seguidamente se nominan, quienes prestan servicios, en las funciones y con las remuneraciones que en cada caso se indican:”, debe decir: “Ténganse por aprobados los Contratos de Locación de Servicio celebrados entre el Ente Autárquico Regulador de Planificación Urbana, y los Agentes, que seguidamente se nominan, quienes prestan servicios, en las funciones y con las remuneraciones que en cada caso se indican…”.-

ARTICULO 2º.- Ratificase en todas sus partes el resto del articulado de la RESOL-2026-208-E-JUJ-EARPU, el que mantiene plena vigencia sin modificación alguna, incluyendo las funciones, categorías, remuneraciones y plazos allí consignados respecto de los agentes individualizados en el Visto.-

ARTICULO 3º.- Previa toma de conocimiento de Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial, pase a conocimiento de Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, archívese.-

Pablo Civetta

Presidente