BOLETIN OFICIAL Nº 98 – 19/08/2026
RESOLUCION Nº 22-M/2026.-
EXPTE. Nº 672-032/2026.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 MAYO 2026.-
VISTO:
La Ley N° 5.063 “General de Medio Ambiente”, el Decreto Reglamentario N° 7751-DEyP-2023 y la Ley N° 6260 de Digitalización de Procedimientos Administrativos, y;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 7751-DEyP-2023 respecto a expedientes de Informes de Impacto Ambiental y expedientes de Informes de Monitoreos Ambientales de proyectos mineros establece la implementación progresiva del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema integrado para caratular, numerar y hacer seguimiento y registro de movimientos de todas las actuaciones y expedientes administrativos.
Que, todo lo dispuesto a la modernización y digitalización, deberá eventualmente ajustarse y adaptarse a la reglamentación integral de la Ley N° 6260 que se dicte, así como a la utilización de los equipos, programas, aplicaciones, sistemas y/o procesos que se implementen en la práctica de la Administración Pública Provincial. Disponiéndose el uso e implementación del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) en el ámbito de la Administración Pública de la Provincia de Jujuy.
Que dicho sistema contempla, entre sus módulos principales, el Expediente Electrónico (EE), el Generador Electrónico de Documentos Oficiales (GEDO) y la plataforma Trámites a Distancia (TAD), destinada a la interacción digital entre la Administración Pública y los administrados;
Que periódicamente la Secretaria de Minería e Hidrocarburos en los procesos de evaluación de expedientes ambientales recibe Informes de Monitoreo Ambiental, presentados por titulares de proyectos mineros, en cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) aprobada y en la normativa vigente aplicable a la actividad minera;
Que resulta necesario establecer mecanismos que permitan la presentación digital de los Informes de Monitoreo Ambiental por parte de los titulares de proyectos mineros mediante la plataforma TAD, generándose automáticamente el correspondiente Expediente Electrónico (EE) para su tramitación, análisis y evaluación técnico-administrativa en el sistema GDE;
Que, la implementación de dichos procedimientos contribuirá a la modernización de la gestión administrativa, la simplificación de los trámites, la despapelización de los procesos y la mejora en la trazabilidad de la información ambiental vinculada a la actividad minera y proyectos mineros;
Que asimismo permitirá optimizar los procesos de análisis, evaluación y fiscalización ambiental de los proyectos mineros, fortaleciendo los mecanismos de control y seguimiento por parte de la autoridad competente;
Que las áreas técnicas y jurídicas competentes han tomado la intervención que les corresponde;
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la normativa vigente, específicamente en el art. 3 2º párrafo del Decreto N° 7751-DEyP-2023, Decreto 4900-JG-2025, Decreto 4901-JG-2025 y Resolución M N° 01-2026;
Por ello:
EL MINISTRO DE MINERÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establécese, la implementación del trámite digital para la presentación de Informes de Monitoreo Ambiental de proyectos mineros mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD), en el marco del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), conforme a lo dispuesto por la Ley Provincial N° 6260 y el Decreto Provincial N° 7751-DEyP-2023 y los Anexos I, II, III y IV que forman parte integrante de la presente resolución.-
ARTÍCULO 2º.- Dispóngase que los titulares de proyectos mineros deberán presentar los Informes de Monitoreo Ambiental a través de la plataforma TAD, generando automáticamente el correspondiente Expediente Electrónico (EE) en el sistema GDE para su tramitación administrativa a partir del 1 de septiembre del 2026. En el plazo 10 días hábiles a partir de la publicación de este instrumento los titulares de proyectos mineros deberán informar nombre y apellido, domicilio legal y CUIL de la persona que presentara la documentación en la plataforma TAD.-
ARTÍCULO 3º.- Establécese que la documentación presentada mediante TAD será incorporada al expediente electrónico mediante documentos generados en el módulo Generador Electrónico de Documentos Oficiales (GEDO) o como documentos electrónicos adjuntos, conforme a los procedimientos establecidos en el sistema GDE.-
ARTÍCULO 4º.- Las áreas técnicas competentes del Ministerio de Minería deberán realizar el análisis, evaluación, seguimiento y registro de las actuaciones correspondientes dentro del sistema GDE, garantizando la trazabilidad, integridad y resguardo digital de la información ambiental vinculada a los proyectos mineros.-
ARTÍCULO 5º.- Apruébense los procedimientos operativos, instructivos técnicos, formularios digitales y requisitos documentales necesarios para la implementación del trámite en la plataforma TAD, los que como Anexo I forman parte integrante de la presente norma. Facúltese a la Secretaría de Minería y/o a la Dirección Provincial de Minería a modificar, actualizar y aprobar futuras versiones de dichos instrumentos, así como a dictar las disposiciones complementarias e interpretativas que resulten necesarias para su adecuada aplicación.-
ARTÍCULO 6º.- Establécese que, a partir del 1 de septiembre del 2026, todas las presentaciones de Informes de Monitoreo Ambiental de proyectos mineros deberán realizarse exclusivamente mediante la plataforma TAD, no admitiéndose presentaciones en formato papel.-
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, comuníquese a la Secretaria de Minería e Hidrocarburos, Dirección Provincial de Minería y archívese.-
Ing. José G. Gomez
Ministro de Minería
ANEXO I
Parte I: TAD – Inicio del tramite
Se realiza a través del Sistema TAD (tramite a distancia) de la Provincia de Jujuy
El link de acceso al sistema es:
https://tad.gde.jujuy.gob.ar/tramitesadistancia/inicio-publico
Requisitos para iniciar el trámite:
- Clave Fiscal Nivel 3.
- Apoderamiento digital para poder realizar los trámites a nombre de la empresa.
Una vez iniciada la sesión en el Sistema TAD, buscar el trámite “MONITOREO AMBIENTAL PARTICIPATIVO”
Una vez seleccionado el trámite, tiene dos opciones
- Botón DETALLES
Aquí se encuentra la descripción de cómo debe ser la disposición de la documentación a presentar.
La documentación deberá estar ordenada en carpetas:
- Carpeta de nombre INFORME
Contenido: 1 solo archivo (tamaño máximo 34 MB)
Formato: PDF
Descripción: conformada por un único archivo con la descripción del monitoreo (introducción, metodología, resultados, conclusiones y comparativos históricos)
- Carpeta de nombre MAPAS
Conformado por dos carpetas:
- MAPA BIOLOGICO
Contenido: 2 archivos (tamaño máximo 9 MB)
Formato: 1 archivo en formato PDF
1 archivo en formato ZIP
Descripción: el contenido de la carpeta es 1 mapa en tamaño A3 en formato PDF y todos los puntos de monitoreo representados en el mapa estarán en formato KML y SHAPE comprimidos en uno único archivo en formato ZIP
- MAPA FISICOQUIMICO
Contenido: 2 archivos (tamaño máximo 9 MB)
Formato: 1 archivo en formato PDF
1 archivo en formato ZIP
Descripción: el contenido de la carpeta es 1 mapa en tamaño A3 en formato PDF y todos los puntos de monitoreo representados en el mapa estarán en formato KML y SHAPE comprimidos en uno único archivo en formato ZIP
- Carpeta de nombre ANEXOS
Contenido: 8 archivos (tamaño máximo 34 MB cada uno de los archivos)
Formato: PDF
Descripción: los archivos deberán estar ordenados e identificados de la siguiente forma, solo se aceptarán archivos en formato PDF y cada uno de estos anexos deben estar conformado por un único archivo.
- CERTIFICADOS DE CALIBRACIÓN (debe detallar Marca, Modelo, Número de Serie, Fecha de Calibración, Vigencia de Calibración y Entidad Calibradora) – Un solo archivo
- CERTIFICADOS EN GENERAL (inscripción como consultora ambiental)– Un solo archivo
- HOJAS DE CAMPO COMPONENTE BIOLOGICO – Un solo archivo
- HOJAS DE CAMPO COMPONENTE FISICOQUIMICO – Un solo archivo
- CADENAS DE CUSTODIA – Un solo archivo
- PROTOCOLOS Y/O ANÁLISIS DE LABORATORIO– Un solo archivo
- ACTAS DE MONITOREO – Un solo archivo
- INVITACIONES A PARTICIPACIONES DE MONITOREO (Dirección Provincial de Minería, Dirección Provincial de Recursos Hídricos, Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, Secretaría de Pueblos Indígenas, Comunidades de influencia directa, Superficiarios, Municipio/Comisiones Municipales) – Un solo archivo
- Botón INICIAR TRAMITE
1.- Se solicita la confirmación de los datos del solicitante, si todos los datos son correctos, presionar el Botón Continuar
2.- Se solicita adjuntar la siguiente documentación:
- Realizar la carga del apoderamiento digital en formato PDF, el tamaño del documento debe tener como máximo 20MB.
- Completar el Formulario de Monitoreo Ambiental Participativo
Al iniciar la carga del formulario se le solicitara prestar conformidad a la creación y presentación del expediente electrónico del monitoreo ambiental participativo
Luego debe cargar datos relacionados con el monitoreo que esta por presentar
EMPRESA MINERA {aquí debe escribir el nombre de la empresa que representa}
FRECUENCIA {desplegar la lista y seleccionar lo que corresponde SEMESTRAL o TRIMESTRAL}
MES DE EJECUCIÓN {desplegar la lista y seleccionar el mes que corresponde}
PROYECTO / MINA / CATEO {aquí debe escribir proyecto, mina o cateo al cual pertenece el monitoreo a presentar}
CATEGORÍA {desplegar la lista y seleccionar la categoría que corresponde: PROSPECCION y/o EXPLORACION INICIAL, EXPLORACION AVANZADA, EXPLOTACION DE PEQUEÑA ESCALA, EXPLOTACION DE MEDIANA Y GRAN ESCALA}
ETAPA {desplegar la lista y seleccionar la etapa que corresponde: PROSPECCION, EXPLORACION, EXPLOTACION}
RESOLUCIÓN {aquí debe escribir el número de resolución DIA que corresponde}
DEPARTAMENTO {aquí debe escribir el departamento al cual pertenece el proyecto, mina o cateo}
A continuación, debe colocar el enlace o link donde se encuentran las carpetas con la información del monitoreo
Es importante recordar que este enlace debe tener una duración de 90 días hábiles desde su presentación
Ahora es momento de describir el contenido de cada una de las carpetas que conforman el enlace
Por cada carpeta se le solicitara:
NOMBRE DEL ARCHIVO {aquí debe escribir exactamente el nombre que tiene el archivo que coloco en el enlace}
FECHA DE MODIFICACIÓN {aquí debe escribir la fecha que tiene el archivo que coloco en el enlace}
TAMAÑO DEL ARCHIVO {aquí es importante colocar el tamaño del archivo utilizando la medida megabytes MB, por ejemplo: 12 MB}
CANTIDAD DE HOJAS {colocar la cantidad en números de las hojas que tiene el documento}
Recuerde que los anexos que se solicitan son obligatorios para su presentación.
Una vez finalizada la carga y chequeada la información, presionar el Botón Guardar.
A modo de ejemplo la siguiente imagen muestra cómo debe quedar la carga de la documentación
- Una vez aceptado se crea el expediente electrónico y se envía a la Secretaría de Minería e Hidrocarburos.
El administrado podrá acceder y consultar el expediente la veces que considere necesario, generando en cada oportunidad una constancia de toma de vista en el expediente
Parte II: Mesa Entrada de Secretaría de Minería e Hidrocarburos – SMH#MM
Se realiza a través del Sistema GDE (gestión de documental electrónica) de la Provincia de Jujuy
El link de acceso al sistema es:
https://cas.gde.jujuy.gob.ar/acceso/login/
El expediente electrónico, llega al buzón grupal de la repartición SMH#MM
Es adquirido, por un administrativo designado para realizar el control de lo que contiene el enlace con la información declarada por la empresa en el formulario de monitoreo ambiental participativo.
En caso de no coincidir la información declarada o que falten documentación, iniciara una subsanación o pedido de información, al responsable del trámite.
Hasta no cumplimentar con lo solicitado el expediente no avanzara para su tramitación.
Una vez que toda la información está completa y coincide con lo declarado, el expediente pasa a la DPM#MM.
Parte III: Dirección Provincial de Minería – DPM#MM
Se realiza a través del Sistema GDE (gestión de documental electrónica) de la Provincia de Jujuy
La DPM#MM será la encargada de subir toda la documentación que contiene el enlace al expediente, teniendo en cuenta el siguiente orden:
– Informe del monitoreo ambiental participativo
– Mapa Biológico con el archivo comprimidos en embebidos
– Mapa Fisicoquímico con el archivo comprimidos en embebidos
– Anexos – Certificado de Calibración
– Anexos – Certificado en General
– Anexos – Hojas de campo componentes biológicos
– Anexos – Hojas de campo componentes fisicoquímicos
– Anexos – Cadenas de custodia
– Anexos – Protocolos y/o análisis de laboratorio
– Anexos – Actas de Monitoreo
– Anexos – Invitaciones a participaciones de monitoreo
Una vez ejecutada la carga de la documentación, el Director Provincial de Minería será el encargado de designar al técnico responsable de realizar la evaluación técnica.
El técnico responsable, analiza la documentación presentada, elabora un informe con las observaciones y conclusiones pertinentes.
El Secretario de Minería e Hidrocarburos, confecciona una nota a través de la cual se notificará a la empresa sobre las observaciones realizadas al informe de monitoreo ambiental participativo presentado indicando si debe presentar nueva documentación o subsanar la documentación presentada.
El Administrado, recibe un correo electrónico, donde se le informa que hay una notificación pendiente de lectura. A partir de ese momento se comienza a contar los días, (si corresponde) para la presentación de las observaciones.
Además, el Administrado recibe una nota tipo formulario a partir de la cual puede seleccionar entre dos opciones:
- Solicitar prórroga por una única vez de, cinco (5), diez (10) o quince (15) días hábiles.
- Presentar la documentación solicitada, a través de un enlace el cual debe estar operativo por un plazo de treinta (30) días
En el caso de solicitar prórroga, el Secretario de Minería e Hidrocarburos, realiza una nota informando que acepta la prórroga. El Administrado, recibe un correo electrónico, donde se le informa que hay una notificación pendiente de lectura. A partir de ese momento se comienza a contar los días para la presentación de la documentación. Es importante indicar que ya no podrá solicitar nuevamente prórroga.
En el caso, de la presentación de la documentación solicitada, el técnico responsable realiza la incorporación de los documentos presentados al expediente. Analiza la documentación, y elabora el informe final.
El Director Provincial de Minería, elabora una nota indicando el cumplimiento del informe de monitoreo ambiental participativo, además incorpora recomendaciones para el próximo monitoreo.
El expediente pasa para el Departamento de Despacho de la Secretaría de Minería e Hidrocarburos.
Parte IV: Departamento Despacho de la Secretaría de Minería e Hidrocarburos – SMH#MM
Se realiza a través del Sistema GDE (gestión de documental electrónica) de la Provincia de Jujuy
El responsable del Departamento Despacho, designa a un asesor legal para realizar:
- Dictamen legal
- Nota para comunicar a la empresa del cumplimiento y archivo del expediente
El Departamento de Despacho actúa asesorando respecto a cuestiones legales y de procedimiento del expediente en cuestión, otorgando marco jurídico a la evaluación del Informe de Monitoreo Ambiental Participativo.
Ing. José G. Gomez
Ministro de Minería








