BOLETIN OFICIAL Nº 98 – 19/08/2026
RESOLUCION Nº 1761-E/2026.-
EXPTE. Nº 1094-6/2026.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 AGO. 2026.-
VISTO:
Las presentes actuaciones, mediante las cuales se solicita cubrir un (1) cargo vacante de Supervisión de Nivel Secundario por reubicación de la Prof. Torrejón Elisabeth Gabriela; y
CONSIDERANDO:
Que, atento a lo informado en actuación NOTA-DES-3895-26, la Dirección de Educación Secundaria expresa la necesidad de arbitrar los medios necesarios para cubrir el cargo vacante, siendo imprescindible contar con equipos de Supervisión que garanticen el seguimiento, control y asesoramiento a las instituciones educativas, con el fin de ofrecer un servicio educativo de calidad;
Que, a fojas 03 obra Resolución N° 7902-D.E.Sec-2026, la cual en su Articulo 1º se reubica a la “… Supervisora de Región II, Licenciada Elisabeth Gabriela Torrejón, D.N.I. N° 22.461.738 CUPOF 61777 en el cargo de Supervisor de Región III, vacante por jubilación de la Profesora María Cristina Torres, CUPOF 122307, a partir del 16 de julio de 2026…” y en su Articulo 2º se deja “…vacante el CUPOF 61777 de Inspector Técnico – Nivel Medio de Región II por reubicación de la Supervisora Licenciada Elisabeth Gabriela Torrejón, a partir del 16/07/2026…”;
Que, de conformidad con el Artículo 67°, Inciso k) de la Ley de Educación Nacional N° 26206/06, constituye un derecho del personal docente “. el acceso a los cargos por concurso de antecedentes conforme a lo establecido en la legislación vigente para las instituciones de gestión estatal…”
Que, en el mismo sentido, el Artículo 102°, inciso 10) de la Ley de Educación Provincial N° 5807/13 garantiza el derecho del docente a “…ingresar al sistema y ascender en la carrera profesional mediante un régimen de concursos de antecedentes que garantice la idoneidad profesional, el respeto por las incumbencias profesionales y la estabilidad de los cargos….
Que, Junta Provincial de Calificación Docente Sala Secundaria realizará la valoración de antecedentes de los docentes inscriptos conforme a la Ley N° 6298/22 “Grilla de Calificación de Antecedentes para docentes de los Niveles Obligatorios y Modalidades del Sistema Educativo de la provincia de Jujuy”;
Que, para garantizar la transparencia, organización y equidad en los procedimientos que sustancien el presente Concurso, Junta Provincial de Calificación Docente elaborará según el Orden de Prelación, un Listado Único de Orden de Mérito (LUOM), para el cargo a cubrir mediante la presente;
Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 8º de la Resolución N°2061-E-24, los docentes que hayan sido formalmente intimados a iniciar trámites de jubilación no podrán participar en la presente convocatoria;
Que, es politica del Ministerio de Educación garantizar los procedimientos administrativos que permitan la cobertura de cargos de gestión directiva que posibiliten continuar con la organización escolar y la mejora continua de los proyectos educativos institucionales;
Que, en virtud de lo expuesto, resulta procedente convocar a Concurso de Antecedentes de Ascenso y Jerarquía con el objeto de confeccionar un Listado de Orden de Mérito que garantice a los aspirantes la igualdad de oportunidades, y permita la cobertura de cargos con carácter interino o suplente que se generen durante el Ciclo Lectivo, hasta tanto se sustancie la convocatoria establecida por el Estatuto del Docente, sus modificatorias y reglamentaciones, conforme a lo previsto en los Artículos 25° y 29° de la Ley N° 3520/78, los cuales regulan el procedimiento para la cobertura de cargos de ascenso;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Convócase a Concurso de Antecedentes para la cobertura, con Carácter Interino. de un (1) cargo vacante de Supervisor de Región II de Educación Secundaria conforme figura en el Anexo Único y que forma parte de la presente Resolución de conformidad a lo expuesto en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los requisitos para participar en el presente Concurso, para la Cobertura, con Carácter interino, de un (1) cargo vacante de Supervisor de Educación Secundaria, son:
- Ser argentino, nativo o naturalizado.
- Poseer título docente para Educación Secundaria, contemplado en el Art. 7º inciso d) de la Ley 4528/90.
- Acreditar una antigüedad de doce (12) años en la docencia conforme al Art. 31° inciso 3º del Estatuto Docente.
- Revistar como Director o Rector titular o interino en instituciones educativas de Educación Secundaria, con situación activa al momento de efectivizar la inscripción en el presente y registrar antigüedad de cinco (5) años como Director o Rector titular o interino, en instituciones educativas de Educación Secundaria.
- Tener concepto profesional no inferior a “Sobresaliente” en los tres (3) últimos años continuos o discontinuos, en que hubiese sido calificado en el cargo directivo.
- Acreditar poseer la capacidad psico-física adecuada para el cargo, certificada por la autoridad oficial competente.
- No registrar exoneraciones, cesantías de cargos o funciones públicas o docentes, no registrar proceso penal pendiente acreditado mediante Planilla Prontuarial actualizada, no haber sido condenado por delito doloso en perjuicio de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal según Art. 7º inciso c) y Art. 66° del Estatuto Docente.
ARTÍCULO 3º.- Encomiéndese a Junta Provincial de Calificación Docente Sala Secundaria a valorar los antecedentes de los docentes inscriptos en el Concurso, según las pautas establecidas por Ley N° 6298/22 “Grilla de Calificación de Antecedentes para Docentes de los Niveles Obligatorios y Modalidades del Sistema Educativo de la Provincia de Jujuy.-
ARTÍCULO 4º.- Autorízase a Presidencia de la Junta Provincial de Calificación Docente, con el acompañamiento de la Dirección de Educación Secundaria a ofrecer los cargos vacantes de acuerdo al siguiente orden de prelación:
- Director o Rector titular.
- Director o Rector interino.
ARTÍCULO 5º.- Dispónese que para garantizar la transparencia, organización y equidad en los procedimientos que sustancien el presente Concurso, Junta Provincial de Calificación Docente elaborará un (1) Listado Único de Orden de Mérito (L.U.O.M.) de los postulantes inscriptos para el Acto de Ofrecimiento.-
ARTÍCULO 6º.- Facultase a la Presidencia de la Junta Provincial de Calificación Docente la elaboración, publicación e implementación del cronograma del presente concurso para la inscripción de los docentes comprendidos en el Artículo 2º del Acto Resolutivo.-
ARTÍCULO 7º.- Dispónese que los docentes que hayan sido formalmente intimados a iniciar el trámite de jubilación, antes de la inscripción o durante el desarrollo del concurso, no podrán participar de la presente convocatoria conforme al Artículo 8º de la Resolución N° 2061-E-24.-
ARTÍCULO 8º.- Establécese que los docentes que se encuentren sometidos a sumarios administrativos y/o causas penales podrán inscribirse y participar en el concurso referido en el Artículo 1°, pero los mismos en el caso de que le correspondieran, no se harán efectivos hasta la resolución definitiva del sumario ocurrido dentro del plazo de suplencia.-
ARTÍCULO 9º.- Dispónese que la Dirección de Educación Secundaria en forma conjunta con Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Secundaria deberá emitir el Acto Administrativo que disponga la designación del Supervisor conforme se establece en la presente Resolución.-
ARTÍCULO 10º.- Encomiéndase a la Secretaría de Gestión Educativa, Junta Provincial de Calificación Docente -Presidencia, Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Secundaria, Dirección de Educación Secundaria, Supervisores de Educación Secundaria, Dirección Provincial de Evaluación Institucional y a las Jefaturas Administrativas Regionales I, II, III, IV, V, VI, VII, la responsabilidad de difundir la presente Resolución a todas las Instituciones Educativas.-
ARTÍCULO 11º.- Regístrese y pase a conocimiento con copia certificada al Boletín Oficial para su publicación integra. Cumplido, pase a conocimiento de la Dirección Provincial de Evaluación Institucional, Secretaría de Gestión Educativa, Junta Provincial de Calificación Docente Presidencia, Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Secundaria, Dirección de Educación Secundaria, Dirección Provincial de Administración y Área de Recursos Humanos. Cumplido, archivese.-
Mg. Daniela A. Teseira
Ministra de Educación








