BOLETIN OFICIAL Nº 91– 05/08/2026

RESOLUCION Nº 208-SUSEPU/2026.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 JUN. 2026.-

Cde. Expte. N° 0630-102/2026.-

VISTO:

Acta Acuerdo entre la Secretaria de Energía de la Provincia y la Empresa Jujeña de Energía Sociedad Anónima, de fecha 24 de agosto de 2018 referida a la liquidación del CARGO FOPEJ,

Expediente de Referencia, mediante el cual la Empresa Jujeña de Energía SA (EJESA), mediante Nota GC N° 1160/2026, en cumplimiento a lo establecido en la cláusula 2da del Acta Acuerdo firmada el 24/08/2018, eleva rendición allí pactada, y

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispuesto por el Decreto 71-ISPTyV-2015, la Secretaría de Energía de la Provincia, tiene entre sus facultades la administración del Fondo Provincial de Energía de Jujuy (FOPEJ), creado por el Artículo 66 de la Ley 4.888, el cual está

integrado por:

1. Los montos que corresponden a la Provincia provenientes del Fondo Subsidiario para Compensaciones regionales de tarifas de usuarios finales, previsto en el artículo 70 inc. b) de la Ley Nacional N° 24.065. (Fondo de Compensación Tarifaria).

2. Los montos correspondientes a la Provincia provenientes del Fondo para el Desarrollo Eléctrico del Interior (FEDEI) y, todo otro fondo destinado a la inversión en Infraestructura en el sector eléctrico.

3. Las rentas que pudieran obtenerse por la colocación transitoria de los recursos del Fondo Provincial de Energía Eléctrica de Jujuy (FOPEJ).

4. Las donaciones, legados, aportes y otros recursos no especificados anteriormente, y

5. Los aportes del Estado Provincial

Que, el Decreto 3526-ISPTyV designa a la Empresa prestataria del servicio de energía eléctrica en la provincia, EJE SA como agente de percepción del CARGO FOPEJ autorizando a incluir el mismo en las facturas que emita a sus usuarios del servicio de energía, Decreto que cuenta con la debida toma de razón del Tribunal de Cuentas de la Provincia conforme Providencia N° 000547 de fecha 29 de mayo del año 2017.

Que, resultó necesario acordar entre la Secretaria de Energía de la Provincia de Jujuy y EJE SA los mecanismos de percepción, administración y rendición los Fondos que provienen de los recursos enumerados en el Inciso 4 del Artículo 66 de la Ley N° 4888, por ello, EJE SA percibirá por cuenta de la Secretaria, en carácter de agente de percepción, el CARGO FOPEJ conforme Resolución N° 655 de fecha 25 de julio de 2018 y Anexo único “Determinación del Cargo Tarifario FOPEJ”, al que deberá deducirle al importe total percibido mensualmente el costo del Sistema Aislado Provincial.

Que, por cláusula segunda del mencionado acuerdo EJE SA deberá informar a la Superintendencia de Servicios Públicos a los (10) diez días subsiguiente al de la liquidación.

Que, por cláusula cuarta del acuerdo de partes, EJE SA deberá enviar a la SUSEPU para su aprobación MENSUAL, la liquidación correspondiente a cada período a partir de las liquidaciones del mes de agosto del año 2018. Del total percibido por EJE SA en concepto de CARGO FOPEJ, se deberá deducir el COSTO DEL SISTEMA AISLADO PROVINCIAL y la CUOTA de cancelación de DEUDA DE CONVERGENCIA, la que a la fecha se encuentra cancelada.

Que, la Empresa mediante Nota GC N° 1160/2026, eleva liquidación correspondiente al mes de ABRIL 2026.

Que, la Gerencia Técnica de Servicios Energéticos ha verificado que los montos que se percibieron en Concepto de Cargo FOPEJ son los resultantes de la aplicación del Cuadro Tarifario vigente en el periodo de rendición, como así también el costo del Sistema Aislado Provincial (SAP), que conforme Resolución 197-SUSEPU-2024, el Precio de Referencia de la Energía del Sistema Aislado Provincial PESAP y el sobreprecio del Sistema Aislado Provincial SPSAP; al cual se debe aplicar el Factor de Expansión de Pérdidas en baja tensión y media tensión (FEPBT Y FEPBMT), respectivamente.

Que, con fecha 11 de diciembre del año 2020 se firma entre la Empresa Jujeña de Energía S.A. (EJE S.A.) y la Secretaría de Energía de la Provincia de Jujuy, un Convenio de Colaboración para los servicios de mantenimiento del Alumbrado Público de vital importancia para la seguridad vial de la población, por la que la Secretaria de Energía asume la titularidad transitoria de los servicios de energía detallados en el mencionado convenio, haciéndose cargo del pago del consumo de Energía Eléctrica de los Servicios de Alumbrado Público de las Ruta 1, 9, 66 y de la zona denominada Ciudad Cultural, aprobado mediante Resolución N° 171-ISPTyV., cuyos gastos serán financiados con recursos provenientes del Cargo FOPEJ, por la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA CON 00/100 ($38.611.690,00) correspondiente al mes de ABRIL de 2026, que rola a fs. 21.

Que, asimismo, corresponde deducir los Gastos de Mantenimiento correspondientes al mes de Enero 2026, según FN 61-29881, fs. 7, por la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES CON 71/100 ($ 46.218.533,71), la que se encuentra autorizada por el Secretario de Energía de la Provincia de Jujuy.

Que, conforme lo expresado precedentemente, resulta un resultado financiero de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE CON 29/100 ($ 9.928.819,29) a favor de la Secretaria de Energía de la Provincia de Jujuy, que en virtud a lo que establece la Resolución 1069-ISPTyV-2023 de fecha 20 de setiembre de 2023, debió ser depositada en Cuentas del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, por lo que la Gerencia Técnica de Asuntos Energéticos sugiere aprobar el balance de Fopej correspondiente al mes ABRIL 2026, importe que surge del siguiente detalle:

CONCEPTOS abr-26

PERCIBIDO FOPEJ ABRIL 2026 $ 1.265.702.263,00

COSTO SAP ASOCIADO -$ 1.170.943.220,00

ALUMBRADO PÚBLICO ABRIL 2026 -$ 38.611.690,00

GASTOS DE MANTENIMIENTO ENERO 2026 FN 61-29881 FS 7 -$ 46.218.533,71

SALDO A FAVOR DE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA PCIA. JUJUY $ 9.928.819,29

Que, la Gerencia de Asuntos Legales emite Dictamen N° 119/2026 considerando que la SUSEPU se encuentra facultada para aprobar la rendición realizada por EJE SA como agente de percepción del cago FOPEJ correspondiente al mes de ABRIL/2026, la detracción del costo del SAP, la retención de las erogaciones efectuadas con motivo de los compromisos asumidos en el Convenio de Colaboración de fecha 11/12/2020, celebrado entre la Secretaria de Energía y EJE SA, aprobado por Resolución N° 171-ISPTyV-2021, y para determinar el resultado financiero a liquidar a favor de la Secretaria de Energía, en los términos sugeridos por la Gcia. Técnica de Servicios Energéticos, luego de efectuados los 000000000000000000000000000000000controles de su competencia.

Por todo lo expuesto y en el ejercicio de sus funciones:

El DIRECTORIO DE LA SUSEPU

RESUELVE

ARTICULO 1º.- Aprobar la rendición de lo Percibido en concepto de Cargo FOPEJ, por la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES CON 00/100 ($

1.265.702.263,00) correspondiente al mes de ABRIL/2026 con las siguientes deducciones:

A. COSTO SAP ASOCIADO por la suma de $ 1.170.943.220,00.

B. Energía Eléctrica Servicios Convenio Res. N° 171-ISPTyV por la suma de $38.611.690,00 correspondiente al mes de ABRIL del año 2026.

C. Gastos de Mantenimiento correspondiente al mes de Enero 2026, según FN 61-29881, fs. 7, por la suma de $ 46.218.533,71.

ARTICULO 2°.- Conforme la aprobación de los conceptos e importes del Artículo 1°, la Distribuidora deberá depositar la suma de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE CON 29/100 ($ 9.928.819,29) a favor de la Secretaria de Energía del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, importe que surge del siguiente detalle:

CONCEPTOS abr-26

PERCIBIDO FOPEJ ABRIL 2026 $ 1.265.702.263,00

COSTO SAP ASOCIADO -$ 1.170.943.220,00

ALUMBRADO PÚBLICO ABRIL 2026 -$ 38.611.690,00

GASTOS DE MANTENIMIENTO ENERO 2026 FN 61-29881 FS 7 -$ 46.218.533,71

SALDO A FAVOR DE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA PCIA. JUJUY $ 9.928.819,29

ARTÍCULO 3º.- Publicar en Boletín Oficial. Remitir al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos Tierra y Vivienda. Notificar a EJE S.A. Pasar a conocimiento de las Gerencias de Servicios Energéticos, del Usuario y de Asuntos Legales. Cumplido archivar.-

Ing. Leopoldo Hugo Montaño- Vocal 1º- a/c Presidente.-

Ing. Jorge Guillermo Cheli- a/c Vocalía 2º

Dr. Facundo Daniel López- Vocal 2º- a/c Vocalía 1º

  • 05 AGO. LIQ. Nº 44659 $1.900,00.-