BOLETIN OFICIAL Nº 86 – 24/07/2026

RESOLUCIÓN Nº 212-HF/2026.-

EXPTE. Nº500-48/2026 .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUN. 2026.-

VISTO:

El Codigo Fiscal- Ley 5791 T.O. 2022y sus modificatorias y el Decreto Nº 5364-HF/2026, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 62 del Código Fiscal- Ley 5791 T.O. 2022 y modificatorias, faculta al Poder Ejecutivo Provincial a remitir la obligación de abonar intereses resarcitorios o punitorios y sanciones, con carácter general o sectorial, conforme a las circunstancias que afecten a los contribuyentes de la Provincia;

Que mediante el Decreto Nº 5364-HF/2026 de fecha de 5 de junio de 2026, el Poder Ejecutivo dispuso con carácter excepcional, restrictivo y transitorio, hasta el 30 de junio de 2026, un Régimen Extraordinario de Regularización de Deudas en concepto de Derechos de Explotación de Minerales- Regalías Mineras-, cuya percepción, fiscalización o determinación estén a cargo de la Dirección Provincial de Rentas;

Que, el artículo 4º del referido Decreto, faculta a este Ministerio de Hacienda y Finanzas a prorrogar la vigencia del régimen especial de regularización de deudas;

Que, es voluntad extender dicha medida hasta el 31 de julio de 2026, dado el interés que persiste en aquellos productores mineros de la provincia, en regularizar las deudas por Derechos de Explotación de Minerales que mantienen con el fisco provincial;

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Prorrogar los beneficios vigentes al 30 de junio de 2026, establecidos en el Decreto N 5364-HF/2026, hasta el 31 de julio de 2026.-

ARTICULO 2º.- Facultar a la Dirección Provincial de Rentas a reglamentar condiciones, formalidades, vencimientos y demás requisitos a cumplir por los interesados para acceder a los beneficios previstos en el presente decreto. –

ARTICULO 3º.- En todas aquellas cuestiones no previstas en el presente régimen y en su reglamentación, serán de aplicación las disposiciones del Código Fiscal (Ley Provincial Nº 5.791 T.O. 2022 y sus modificatorias).-

ARTICULO 4º.- Regístrese. Tome Razón Fiscalía de Estado. Pase al Boletín Oficial para su publicación en forma integral. Cumplido gírese a la Dirección Provincial de Rentas y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas.-

C.P.N. Eduardo Federico Cardozo

Ministerio De Hacienda Y Finanzas