BOLETIN OFICIAL Nº 82 – 15/07/2026
RESOLUCION Nº 103-E-JUJ-MPEM/2026.-
EX-2026-00564873- -JUJ-MPEM.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 7 JUL. 2026.-
LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la realización de una investigación administrativa con el objeto de esclarecer los hechos, determinar responsabilidades por la consulta no autorizada realizada por el agente Alberto Fabián Castillo, DNI N° 25.613.790, en el Sistema de Gestión Documental Electrónica (G.D.E.) el día 25 de junio de 2026, por las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Declarar el carácter reservado de las presentes actuaciones administrativas, las que se sustanciarán con acceso restringido mientras subsistan las razones que motivan la presente medida.-
ARTÍCULO 3º.- Disponer, con carácter excepcional, que las presentes actuaciones tramiten íntegramente en soporte papel, en atención a las limitaciones funcionales del Sistema de Gestión Documental Electrónica respecto de los expedientes o documentos declarados reservados o secretos, lo que impide posteriormente modificar dicha condición mediante las herramientas disponibles del sistema.-
ARTÍCULO 4º.- Establecer que, una vez finalizada la investigación y cesadas las razones que justificaron la reserva, con intervención de Jefatura de Despacho deberá procederse a la digitalización íntegra de todas las actuaciones sustanciadas en soporte papel y a su incorporación al expediente electrónico en el que tramitan las investigaciones administrativas, dejando constancia de su correspondencia con las actuaciones originales.
ARTÍCULO 5º.- Establécese que la instrucción de la presente investigación estará a cargo de la Dirección Legal y Técnica de este Ministerio, designándose como Instructor de la Investigación Administrativa al Dr.Raúl Ernesto Agostini D.N.I. N° 30.399.389, quien deberá llevar adelante todas las diligencias necesarias para el cumplimiento del objeto de la presente resolución (información no contenida en las fuentes, incorporada por requerimiento del usuario).-
ARTÍCULO 6º.- Facúltase al instructor designado a requerir todos los informes técnicos, registros de auditoría y testimonios que resulten necesarios para el esclarecimiento del incidente de seguridad reportado.-
ARTÍCULO 7º.- Notifíquese la presente al agente involucrado, a la Secretaría de Innovación Pública y a la Dirección de Servicios Informáticos.
ARTÍCULO 8º.- Publíquese sintéticamente, regístrese y pase a la Dirección Legal y Técnica para el inicio de las actuaciones. Cumplido, archívese.-
Elva Celia Isolda Calsina
Ministra de Planificación Estratégica y Modernización








