BOLETÍN OFICIAL Nº 125 – 10/11/2003
RESOLUCION Nº 1.075-DPR/2.003
San Salvador de Jujuy, 28 de octubre del 2.003
Ref: Programa de Concientización Fiscal y Educación Tributaria
VISTO
El Decreto Acuerdo 6.224/02; la Resolución Ministerial 1.326/2.003 y la Resolución General 1.062/03; respecto al Programa de Concienciación Fiscal y Educación Tributaria-
Y en particular lo referido al sistema de sorteos y premios con referencia al control de la emisión de facturación sobre los comercios y/o actividades económicas provinciales alcanzadas por el impuesto sobre los ingresos brutos “
Y CONSIDERANDO
Que, el articulo 9 de dicha Resolución Ministerial faculta a esta Dirección a implementar toda normativa complementaria en cuanto a la realización del sorteo y también modificar los premios establecidos;
Que el mencionado sorteo adquiere importancia fundamental tanto desde el punto de vista de la cultura tributaria, como así también como instrumento de control ciudadano;
Que se a observado un significativo numero de facturas comerciales que participaron en los sorteos precedentes, desde los establecimientos educacionales del Depto. Manual Belgrano y particularmente desde la zona de San Salvador, la cual guarda relación con la incidencia económica y comercial provincial;
Que, sobre la base de las argumentaciones expuestas, se estima conveniente reimpulsar e incentivar la participación del interior de la provincia, fundamentalmente respecto a la Concientización y efectos derivados de lo que implica la petición de las facturas y/o tickets comerciales.
Por ello:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE
ARTICULO 1º: OBJETIVO y ALCANCE: DISPÓNGASE la subdivisión del sorteo de referencia, a partir de la separación de los sobres recepcionados en dos urnas similares diferenciadas entre ellas en Capital e Interior de la provincia.
El alcance de la urna capital será sobre la totalidad de los establecimientos educacionales pertenecientes al Dpto. Manuel Belgrano.
ARTICULO 2º: MODALIDAD A tal efecto se dispondrá de una doble implementación de premios, como así también una doble imputación de los montos, respetando los mismos requisitos y formalidades de presentación en cuanto a los sobres y lugares habilitados de recepción.
ARTICULO 3º: INSTAURACIÓN DE LOS PREMIOS La nueva extracción de sobre deberá respetar el nuevo orden establecido:
Los premios sorteados se dispondrán de la siguiente manera:
1ra. Selección/ Extracción ————– 3er. Premio – INTERIOR- $ 600.-
2da.Selección/ Extracción ————– 2do. Premio – INTERIOR- $ 800.-
3ra. Selección/ Extracción ————– 1er. Premio – INTERIOR- $ 1.000.-
4to. Selección/ Extracción ————– 3er. Premio – M.BELGRANO – $ 600.-
5ta.Selección/ Extracción ————– 2do. Premio – M.BELGRANO – $ 800.-
6ta. Selección/ Extracción ————– 1er. Premio – M.BELGRANO – $ 1.000.-
ARTICULO 4º: Comuníquese a Ministerio de Hacienda Subdirección, Depto. Administrativo. Depto. San Salvador, Depto. Selección y Control, Depto. Fiscalización, Depto Auditoria. Depto. Interior. Publíquese en boletín oficial.
GUILLERMO HORACIO SAPAG
Directo Provincial de Rentas








