BOLETÍN OFICIAL Nº 87 – 08/08/2003

RESOLUCION Nº 972-H-2003.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 MARZO 2003.

EXPTE.Nº626-68/97.

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- A los efectos de adherir al Programa de Propiedad Participada, los empleados legitimados deberán adherir en forma expresa y personal al mencionado Programa, a cuyo fin deberán suscribir, en el plazo de cinco días de su notificación, el Formulario de Adhesión obrante en el ANEXO I y que forma parte integrante del presente.

ARTICULO 2º.- La notificación deberá realizarse mediante comunicación individual en los domicilios de cada uno de los sujetos legitimados para adquirir acciones del Programa de Propiedad Participada. Dicha comunicación se hará en forma epistolar, y hará expresa referencia a la vigencia de la presente resolución.

A mas de ello deberá publicarse un aviso en un diario local y realizarse una comunicación publica en las empresas EJESA Y EJSEDSA, la que deberá especificar lugar, día y hora para tal acto. Dicho aviso deberá ser colocado en todas las dependencias de la empresa, en lugar visible y con acceso a todo el personal.

En caso de que la notificación individual no se haya efectivizado por razones justificadas, se considerará efectivizada la misma mediante la publicación y comunicación publica a la que refiere el párrafo que antecede.

ARTICULO 3º.- A los fines de la transferencia de las acciones correspondientes al Programa de Propiedad Participada, a favor de los empleados legitimados que adhieren al mismo, se observarán las condiciones y modalidades que prevén el Acuerdo General de Transferencia y el Contrato de Fideicomiso, instrumento que como ANEXO II y ANEXO III forman parte integrante de la presente resolución, y que deberán ser suscriptos por los empleados adherentes en el plazo que establezca la Autoridad de Aplicación, y que constituye condición esencial para participar en el mencionado programa.

LIC. MIGUEL ALFONSO RIOJA

MINISTRO DE HACIENDA.