BOLETÍN OFICIAL Nº 84 – 28/07/2003

RESOLUCION Nº 231-H-2002.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 4 JUNIO 2002.

EXPTE.Nº0500-416-02.

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Las unidades de Organización, Centralizadas y Descentralizadas, de la Administración Publica Provincial deberán presentar, en Contaduría de la Pcia. y Dirección Pcia. de Presupuesto hasta el tercer día hábil del mes posterior al que corresponda la información lo siguiente:

1.- Estado de Ejecución de Gastos.

2.- Estado de Ejecución del Plan de Obras Publicas.

3.- Estado de Ejecución de Recursos Propios.

4.- Declaración Jurada de Bienes Incorporados

5.- Declaración Jurada de Bienes Dados de Baja.

6.- Vencimiento de Deudas con el Sector Externo correspondiente al mes inmediato anterior.

7.- Situación del Tesoro al mes inmediato anterior.

8.- Aportes de Origen Nacional.

9.- Novedades de Planta de Personal Permanente y de Personal Temporario.-

De no poseer atento a sus características articulares alguna unidad de Organización los datos correspondientes a alguno de los Estados detallados precedentemente, la planilla respectiva deberá ser incorporada consignando SIN NOVEDAD.

En el caso particular de la Dirección Provincial de Vialidad, Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, Dirección Provincial de Recursos Hídricos, Instituto Jujeño Colonización e Instituto de Seguros de Jujuy, deberán acompañar, además Balance Financiero Preventivo al cierre de cada mes.