BOLETÍN OFICIAL Nº 84 – 28/07/2003
RESOLUCION Nº 231-H-2002.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 4 JUNIO 2002.
EXPTE.Nº0500-416-02.
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Las unidades de Organización, Centralizadas y Descentralizadas, de la Administración Publica Provincial deberán presentar, en Contaduría de la Pcia. y Dirección Pcia. de Presupuesto hasta el tercer día hábil del mes posterior al que corresponda la información lo siguiente:
1.- Estado de Ejecución de Gastos.
2.- Estado de Ejecución del Plan de Obras Publicas.
3.- Estado de Ejecución de Recursos Propios.
4.- Declaración Jurada de Bienes Incorporados
5.- Declaración Jurada de Bienes Dados de Baja.
6.- Vencimiento de Deudas con el Sector Externo correspondiente al mes inmediato anterior.
7.- Situación del Tesoro al mes inmediato anterior.
8.- Aportes de Origen Nacional.
9.- Novedades de Planta de Personal Permanente y de Personal Temporario.-
De no poseer atento a sus características articulares alguna unidad de Organización los datos correspondientes a alguno de los Estados detallados precedentemente, la planilla respectiva deberá ser incorporada consignando SIN NOVEDAD.
En el caso particular de la Dirección Provincial de Vialidad, Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, Dirección Provincial de Recursos Hídricos, Instituto Jujeño Colonización e Instituto de Seguros de Jujuy, deberán acompañar, además Balance Financiero Preventivo al cierre de cada mes.








