BOLETÍN OFICIAL Nº 83 – 25/07/2003

RESOLUCION Nº 232-E-2000.

SAN SALVADOR DE JUJUY,12 JUNIO 2000.

EXPTE.Nº0500-223-2000.

VISTO:

La Ley Nº4971/96 “ REGIMEN GENERAL DE LA COMPENSACION DE LA DEUDA PUBLICA” y su modificatoria 5147, en la cual se establece la compensación de las deudas y acreencias recíprocas existentes entre particulares con el Estado Provincial, Banco de Acción Social y Banco de la Provincia de Jujuy.

El Decreto Nº2641-E-97, reglamentario de la citada Compensación de la Deuda Publica, y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones se agregan las siguientes Declaraciones Juradas:

ARTICULO 1º.- Compensación: Disponer la compensación, conforme a las normas establecidas en la Ley Nº4971 “ REGIMEN GENERAL DE COMPENSACION DE LA DEUDA PUBLICA” y su modificatoria 5147, de la acreencia y deudas que le corresponden al Sr. DIAS JUAN CARLOS con la Dirección de Rentas en concepto de Impuesto Inmobiliario s/Padrón A-16119-000.

ACREENCIAS

TITULAR: DIAZ, JUAN CARLOS

1.1. IPPS – ENTE RESIDUAL $ 1.379,25

DEUDAS

TITULAR: DIAZ, JUAN CARLOS

Dir. Provincial de Rentas

2.1.1. Imp. Inmobiliario A-16119 $ 1.379,25

TOTAL $ 1.379,25 $ 1.379,25

ARTICULO 2º.- Saldo: Producida la compensación conforme al detalle del Artículo Anterior, se determina un saldo a favor del Sr. DIAZ, JUAN CARLOS el que asciende a la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ( $ 547,72.), al día 31 de Diciembre de 1995, importe por el cual la presente Resolución constituye el Certificado de Reconocimiento de Deuda Publica, conforme a las normas del Art.7º de la Ley 4971.

ANIBAL MARCOS CARRERAS

MINISTRO DE ECONOMIA