BOLETÍN OFICIAL Nº 82 – 23/07/2003

RESOLUCION Nº 30-E-2000.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 ENERO 2000.

EXPTE.Nº500-1600/99.

VISTO:

La Ley Nº4971/96 “ REGIMEN GENERAL DE LA COMPENSACION DE LA DEUDA PUBLICA”, en el cual se establece la compensación de las deudas y acreencias recíprocas existentes entre particulares con el Estado Provincial, Banco de Acción Social y Banco de la Provincia de Jujuy, que tengan su causa y origen con anterioridad al 30 NOV.96,

El Decreto Nº2641-E-97, reglamentario de la citada Compensación de la Deuda Publica, y

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Compensación: Disponer la compensación conforme a las normas establecidas en la Ley Nº4971” REGIMEN GENERAL DE COMPENSACION DE LA DEUDA PUBLICA” de las acreencias de la Sra. FIRMANI DE ALSINA ARMINDA ANA, con las deudas que mantiene el SR. CARATTONI SERGIO S.H. la cual se efectuará de acuerdo al siguiente detalle:

ACREENCIAS.

FIRMANI DE ALSINA ARMINDA ANA

IPPS – E. Resd.

1.1.1. Dif. Jubil. Ordinaria $ 7.478,91

DEUDAS

CARATTONI SERGIO S.H.

2.1 Dirección Pcial. de Rentas $ 7.478,91

TOTAL $ 7.478,91 $ 7.478,91

ARTICULO 2º.- Saldo: Producida la compensación conforme al detalle del artículo anterior, se determina un saldo a favor de la SRA. FIRMANI DE ALSINA ARMINDA ANA que asciende a la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ( $ 37.793,37) importe por el cual la presente resolución constituye el Certificado de Reconocimiento de Deuda Publica, conforme a las normas del art.7º de la Ley 4971.

ANIBAL MARCOS CARRERAS

MINISTRO DE ECONOMIA.