BOLETÍN OFICIAL Nº 82 – 23/07/2003
RESOLUCION Nº 113-E-2000.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 MARZO 2000.
EXPTE.Nº500-724/99.
VISTO:
La Ley Nº4971/96 “ REGIMEN GENERAL DE LA COMPENSACION DE LA DEUDA PUBLICA” y las modificaciones introducida por Ley Nº5147, en la cual se establece la compensación de las deudas y acreencias recíprocas existentes entre particulares con el Estado Provincial, Banco de Acción Social y Banco de la Provincia de Jujuy, que tengan su causa y origen con anterioridad al 31 DIC. 1997.
El Decreto Nº2641-E-97, reglamentario de la citada Compensación de la Deuda Publica, y
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Compensación: Disponer la compensación – conforme a las normas establecidas en la Ley Nº4971 “ REGIMEN GENERAL DE COMPENSACION DE LA DEUDA PUBLICA” de las acreencias del Sr. BECCALLI HECTOR EUGENIO con las deudas que mantiene el Sr. SOTELO LUIS GERMAN Y PUENTES DE SOTELO CLARA ROSA, la cual se efectuará de acuerdo al siguiente detalle:
ACREENCIAS.
BECCALLI HECTOR EUGENIO
3.1. I.P.P.S. – Ente Residual
4.1.1.1. Juicio Laboral ( Casp.e Int.) $ 6.287,88
DEUDAS
SOTELO LUIS GERMAN Y PUENTES
DE SOTELO CLARA ROSA
BPJ – Ente Residual
2.1.1. Deuda Bancaria ( Cap. e Int.) $ 5.537,40
SUBTOTAL $ 6.287,88 $ 5.537,40
SALDO A FAVOR SR. BECCALLI
HECTOR EUGENIO $ 750,48
SUMAS IGUALES $ 6.287,88 $ 6.287,88
ARTICULO 2º.- Saldo: Producida la compensación conforme al detalle del Artículo Anterior, se determina un saldo a favor del Sr. BECCALLI HECTOR EUGENIO, el que asciende a la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ( $ 750,48), importe por el cual la presente resolución constituye el Certificado de Reconocimiento de Deuda Publica, conforme a las normas del art.7º de la Ley 4971, calculados al 07/06/99.
ANIBAL MARCOS CARRERAS
MINISTRO DE ECONOMIA








