BOLETÍN OFICIAL Nº 80 – 23/07/14

Icon_PDF_6GOBIERNO DE JUJUY

SECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL

DIRECCION PROVINCIAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE

RESOLUCION Nº 058/2014-DPDS.-

EXPTE. Nº 0256-PB-165-Z/2013.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 JUL. 2014.-

VISTO:

Las actuaciones del Expte. Nº 0256-PB-165-Z/2013, iniciado por: ZAZZARINI JUAN CARLOS caratulado: “PRESENTA PLAN DE CAMBIO DE USO DE SUELO PCUS DE SU FINCA DENOMINADA “LAS VERTIENTES”, DSTO. PALMA SOLA DPTO. SANTA BÁRBARA, PROVINCIA DE JUJUY”

La Ley Provincial Nº 5063 “General del Medio Ambiente” y sus Decretos Reglamentarios, Ley Nacional Nº 26.331 P.M.P.A.B.N., Decreto Nº 2187-PMA-08 P.O.T.A.A.B., Ley Prov. Nº 5676, Resolución Nº 1 y 81/2009-SGA.

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 10 de Diciembre de 2012, el Sr. JUAN CARLOS ZAZZARINI, a través de su responsable técnico Ing. Pablo Eliano, presento ante la Dirección Provincial de Desarrollo Sustentable el instrumento técnico que contiene la propuesta de un PLAN DE CAMBIO DE USO DEL SUELO de la finca “LAS VERTIENTES”, ubicada en Distrito Palma Sola, Dpto. Santa Bárbara, de la Provincia de Jujuy, que rola a fs. 13/185 de autos.

Que, a fs. 190 rola Dictamen Legal expedido por el Área de Asuntos Jurídicos de la Secretaria de Gestión Ambiental en donde surge que el administrado deberá pagar el derecho de inspección establecido en el Decreto Nº 5144-H-88, como así también copia de la Escritura compra-venta debidamente autenticada.

Que, a fs. 195/196 rola Informe Técnico en donde surge una serie de observaciones en el cual el administrado deberá dar cumplimiento. Asimismo, con fecha 20 de Enero de 2014, el Ing. Pablo Eliano da respuesta a lo solicitado por el Área Técnica.

Que, el predio en cuestión cuenta con Plan de Ordenamiento Predial aprobado mediante Resolución N° 123/2013-DPDS que reza en expte. N° 0256-PB-127-Z/2012.

Que por Resolución Nº 027/2014-DPDS, se dispuso la inclusión del pedido del Plan Cambio Uso del Suelo formulado por el Sr. JUAN CARLOS ZAZZARINI en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental previsto por los Decretos 5980/06 y 9067/07 reglamentarios de la Ley General del Ambiente 5063, ordenándose asimismo las publicaciones de ley (art. 3º Dec. 9067).

Que, el responsable del proyecto a fs. 222/233 adjuntó en autos las publicaciones de Ley en el Boletín Oficial de la Provincia (art. 3º Dec. 9067) y las publicaciones en el diario, dando de esta forma cumplimiento a las disposiciones del Art. 14º de Resolución Nº 01/2013-SGA.

Que, con fecha 10 de Junio del corriente año, el Sr. Zazzarini presenta nota solicitando financiación para abonar la tasa retributiva pertinente.

Que a fs. 239/240 de autos, corre constancia del pago del derecho de inspección correspondiente a la finca “Las Vertientes” y de la tasa retributiva de Servicios Ambientales.

Que a fs. 242 de autos, Asesora Legal de la Secretaria de Gestión Ambiental informa que se ha dado cumplimiento a los requerimientos legales y sugiere el dictado del acto administrativo correspondiente.

Que con fecha 17 de Julio de 2014 corre informe de Inspección acompañada con copia del Acta de Inspección de Bosques N° 000096/2013 realizada el 18 de Julio del 2013.

Que, con fecha 17 de Julio corre Informe Técnico Final en donde sugiere aprobar el Plan de Cambio de Uso de Suelo de 283 Has de una solicitud de 340 Has. Además, se deberá realizar el seguimiento de los trabajos del Cambio de Uso de Suelo, con el fin de monitorear los trabajos del plan y de las medidas de mitigación del PCUS. Asimismo, se deberá realizar inspecciones una vez concluido los trabajos solicitados con el fin de ejecutar el Sistema de vigilancia y Monitoreo propuesto en el Estudio.

Que, atento a lo manifestado precedentemente se ha dado cumplimiento a las disposiciones legales de protección ambiental vigentes en el ámbito de la Provincia de Jujuy (Ley 26.331, Ley Provincial Nº 5063º. y Decretos Reglamentarios Nº 5980/06, 9067/07 y Nº 2187/08, Resoluciones Nº 81 SGA-2009).

Por todo ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

ARTICULO Nº 1: OTORGAR LA FACTIBILIDAD AMBIENTAL al pedido de autorización realizado por el Sr. JUAN CARLOS ZAZZARINI para ejecutar trabajos de Plan de Cambio de Uso del Suelo, Art. 18/22 Ley 26.331 y la Ley General de Medio Ambiente Nª 5063, de DOSCIENTAS OCHENTA Y TRES HECTAREAS (283 Has) en la Finca denominada “LAS VERTIENTES”, ubicada en el Dsto. PALMA SOLA, Dpto. SANTA BÁRBARA, individualizada como Matricula F-4649, CIRC. 1 SECCIÓN 3, PARCELA 895, PADRÓN F-5527, con un total de aproximadamente 594 Has.

ARTICULO Nº 2: La factibilidad ambiental del plan de cambio de uso del suelo tendrá una vigencia de dos (2) años contados a partir de su formal notificación, prorrogable por otro periodo igual a solicitud de parte, sin perjuicio de la obligación del titular de presentar anualmente un informe de ejecución conforme a lo establecido en el Anexo VII de la Resolución Nº 81-SGA/2009. Dicha documentación reviste carácter de declaración jurada.

ARTICULO Nº 3: La autoridad de aplicación podrá revocar el plan de cambio de uso de suelo aprobado, ante la omisión en la presentación de los informes de ejecución y/o incumplimientos de las obligaciones asumidas en dicho plan de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 22 de Resolución 81/2009 SGA.

ARTICULO Nº 4: La presente Resolución que contiene el “Dictamen de Factibilidad Ambiental” al P.C.U.S. agota la vía administrativa. La parte resolutiva de la misma deberá ser publicada en forma íntegra, a cargo del proponente, por una (1) vez en el Boletín Oficial de la Provincia (art.28 Dec. 5980/06).

ARTICULO Nº 5: Concluido con los trabajos, el titular deberá presentar en ésta Dirección el diseño final del desmonte, en el que se deberán incluir las cortinas y áreas de reserva. Todo ello se acompañará con la información digital conforme las pautas establecidas en el Anexo II de la Resolución Nº 81/2009 de la Secretaría de Gestión Ambiental.

ARTICULO Nº 6: Por Secretaría Regístrese, notifíquese de la presente al Sr. JUAN CARLOS ZAZZARINI, a la Dirección Provincial de Biodiversidad, Comité de Evaluación de Bosques y Asesoría Letrada. Cumplido, pasen los presentes obrados al Área Bosques para su control y monitoreo.-

 

Tec. Qco. Matias Ezequiel Mori

Dir. Prov. de Desarrollo Sustentable

23/25/28 JUL. LIQ. Nº 118430 $35,00.-