BOLETÍN OFICIAL Nº 42 – 12/04/2004

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1094-DPR/2004.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 DE MARZO DE 2004.-

VISTO:

La Resolución General Nº 1058/2003, en la que implementa la Categoría “CIVUJ” y se establece la fecha de vencimiento general del SALDO DEL IMPUESTO INMOBILIARIO de todos los periodos fiscales, y;

CONSIDERANDO:

Que, dicha fecha de vencimiento fue fijada para cada día 1º DE MARZO del periodo fiscal siguiente;

Que, ante los numerosos pedidos realizados por parte de contribuyentes que quieran regularizar su situación fiscal, se torna necesario MODIFICAR esa fecha de vencimiento;

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Modifíquese el inciso b) del artículo 5º de la Resolución General Nº 1058/2003, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“b) Del saldo del impuesto será el día 30 de abril del periodo fiscal siguiente. Excepcionalmente, para el periodo fiscal año 2002 se fija como fecha de vencimiento del saldo el día 30 de JULIO del año 2003 (30/07/2003).”

ARTICULO 2º: Comuníquese a la Secretaría de Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas y Contaduría de la Provincia. Dése al registro del Boletín Oficial para su publicación por el término de Ley. Tomen razón subdirección, Departamentos, Divisiones, Secciones, Delegaciones y Receptorías. Cumplido, archívese.-

C.P.N. GUILLERMO HORACIO SAPAG

DIRECTOR

DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

Abr. 12 Sin cargo