BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 17/03/2004

RESOLUCION GENERAL Nº 1091-DPR

VISTO Y CONSIDERANDO:

El Artículo 11 del Código Fiscal, Ley 3202/75 ( T.O. en 1998) y sus modificaciones y el artículo 2 del Decreto Reglamentario 1144-H-82.

Que, las normas citadas establecen los procedimientos a seguir en caso de ausencia del Director y Subdirector,

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO1º: DELEGAR, las facultades y funciones atribuidas al Director y Subdirector, en la Jefatura del Departamento Administrativo a cargo de la C.P.N. SONIA LORAINE GALLI, en caso de ausencia de los mismos.

ARTICULO 2º: Comuníquese a la Contadora Galli, Tome Razón, Departamentos, Divisiones, Secciones, Delegaciones y Receptorías. Publíquese en el Boletín Oficial por los términos de Ley. Cumplido Archívese.-

CR. GUILLERMO HORACIO SAPAG

Director – Dirección Pcial. de Rentas

Mar.17-S/C.