BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 17/03/2004
RESOLUCION GENERAL Nº 1091-DPR
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Artículo 11 del Código Fiscal, Ley 3202/75 ( T.O. en 1998) y sus modificaciones y el artículo 2 del Decreto Reglamentario 1144-H-82.
Que, las normas citadas establecen los procedimientos a seguir en caso de ausencia del Director y Subdirector,
Por ello;
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTICULO1º: DELEGAR, las facultades y funciones atribuidas al Director y Subdirector, en la Jefatura del Departamento Administrativo a cargo de la C.P.N. SONIA LORAINE GALLI, en caso de ausencia de los mismos.
ARTICULO 2º: Comuníquese a la Contadora Galli, Tome Razón, Departamentos, Divisiones, Secciones, Delegaciones y Receptorías. Publíquese en el Boletín Oficial por los términos de Ley. Cumplido Archívese.-
CR. GUILLERMO HORACIO SAPAG
Director – Dirección Pcial. de Rentas
Mar.17-S/C.








