BOLETIN OFICIAL Nº 66 – 05/06/2026

RESOLUCION Nº 006-OA/2026.-

EXPTE. Nº 2100-006/2025.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 ENE. 2026.-

VISTO:

La Constitución de la Provincia de Jujuy, la Ley N° 6452/24 de la “Oficina Anticorrupción”, Resolución N° 3-0A/2025, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución de la Provincia en la Sección Décima Segunda Organismos de Control, a través de su artículo 226, dispone que La Oficina Anticorrupción es el órgano rector del Régimen de Ética Pública de la Provincia, con autonomía funcional e institucional, y está encargada de intervenir en la prevención e investigación de las conductas comprendidas en la Convención Interamericana contra la Corrupción, como así también de las violaciones a los deberes de los funcionarios públicos reñidas con la ética pública.

Asimismo, en cumplimiento a lo dispuesto en artículo 227 inc. 7 de la Constitución Provincial, en fecha 18/12/2024 se sancionó la Ley N° 6452 de la Oficina Anticorrupción, instrumento legal que determina sus competencias, atribuciones, constitución, integración, estructura y funcionamiento.

En el mismo sentido, la citada normativa establece en su artículo 9 que la estructura orgánico funcional de la Oficina Anticorrupción deberá ser reglada por su titular (debiendo dictar su propio reglamento orgánico-funcional), contemplando el régimen de remuneraciones de todo el personal dependiente, en concordancia con el personal de la Auditoría General de la Provincia de Jujuy, o el organismo que en el futuro la reemplace.

Que, con fecha 13 de enero del año 2.025 mediante Resolución N° 003- OA/2025 se aprueba la estructura orgánica de la Oficina Anticorrupción, y se equipara la escala salarial del personal del organismo al escalafón salarial de la Auditoría General de la Provincia de Jujuy.

En tal sentido, estas modificaciones salariales significan modificaciones a la Ley Nº 6440- Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2.025, en lo que respecta a distribución de personal, modificaciones que deben ser planteadas e informadas a la Dirección Provincial de Presupuesto a sus efectos.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6452;

LA FISCAL ANTICORRUPCIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, conforme se indica seguidamente:

  1. Suprímase:

CargoNº Cargos

En la UDEO J2 Oficina Anticorrupción

Escalafón J1- FUNCIONARIOS

Jefe de Departamento 1

Sub- Total 1

Escalafón J2 – PERSONAL PROFESIONAL

Categoría 14 4

Categoría 14- * adic 40% 2

Categoría 12- * adic 33% 2

Sub- Total 8

Escalafón J4 – PERSONAL ADMINISTRATIVO

Categoría 10 6

Sub- Total 6

Total Cargos Suprimidos15

  1. Créase:

CargoNº Cargos

En la UDEO J2 Oficina Anticorrupción

Escalafón J1- FUNCIONARIOS

Jefe de División 2

Sub- Total 2

Escalafón J2 – PERSONAL PROFESIONAL

Categoría C 3

Categoría E 7

Sub- Total 10

Escalafón J4 – PERSONAL ADMINISTRATIVO

Categoría A 1

Categoría B 1

Categoría D 1

Categoría E 3

Sub- Total 6

Escalafón J5 – PERSONAL DE SERVICIO

Categoría C 1

Sub- Total 1

Total Cargos Creados19

ARTÍCULO 2º.- Equiparar los siguientes cargos asignados por ley 6440 a la UDEO J2- Oficina Anticorrupción, a los cargos que se enuncian a continuación de la escala salarial del personal de la Auditoría General de la Provincia de Jujuy.

  1. Escalafón J2- PERSONAL PROFESIONAL

Cargo Ley 6440 Cargo Auditoría Gral. Nº de cargos

Profesional 12Profesional C 1

Profesional 10Profesional E 4

Sub- Total 5

  1. Escalafón J3- PERSONAL TÉCNICO

Cargo Ley 6440 Cargo Auditoría Gral. Nº de cargos

Categoría 10Técnico C 1

Categoría 5Técnico E 1

Sub- Total 2

  1. Escalafón J4- PERSONAL ADMINISTRATIVO

Cargo Ley 6440 Cargo Auditoría Gral. Nº de cargos

Categoría 7Administrativo A 2

Categoría 5Administrativo C 1

Sub- Total 3

  1. Escalafón J5- PERSONAL DE SERVICIO

Cargo Ley 6440 Cargo Auditoría Gral. Nº de cargos

Categoría 7Administrativo C 1

Sub- Total 1

ARTÍCULO 3º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar las modificaciones presupuestarias y transferencias de crédito necesarias a los fines de dar cumplimiento a la presente. Una vez realizadas las modificaciones pertinentes, lo dispuesto se atenderá con la respectiva partida de gastos en personal, previstas para la Oficina Anticorrupción.

ARTÍCULO 4º.- Pase a conocimiento del Poder Ejecutivo para su ratificación.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Públiquese. Cumplido, ARCHÍVESE.-

Dra. Josefa del Valle Herrera

Fiscal Anticorrupcion