BOLETIN OFICIAL Nº 66 – 05/06/2026
RESOLUCION Nº 006-OA/2026.-
EXPTE. Nº 2100-006/2025.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 ENE. 2026.-
VISTO:
La Constitución de la Provincia de Jujuy, la Ley N° 6452/24 de la “Oficina Anticorrupción”, Resolución N° 3-0A/2025, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la Provincia en la Sección Décima Segunda Organismos de Control, a través de su artículo 226, dispone que La Oficina Anticorrupción es el órgano rector del Régimen de Ética Pública de la Provincia, con autonomía funcional e institucional, y está encargada de intervenir en la prevención e investigación de las conductas comprendidas en la Convención Interamericana contra la Corrupción, como así también de las violaciones a los deberes de los funcionarios públicos reñidas con la ética pública.
Asimismo, en cumplimiento a lo dispuesto en artículo 227 inc. 7 de la Constitución Provincial, en fecha 18/12/2024 se sancionó la Ley N° 6452 de la Oficina Anticorrupción, instrumento legal que determina sus competencias, atribuciones, constitución, integración, estructura y funcionamiento.
En el mismo sentido, la citada normativa establece en su artículo 9 que la estructura orgánico funcional de la Oficina Anticorrupción deberá ser reglada por su titular (debiendo dictar su propio reglamento orgánico-funcional), contemplando el régimen de remuneraciones de todo el personal dependiente, en concordancia con el personal de la Auditoría General de la Provincia de Jujuy, o el organismo que en el futuro la reemplace.
Que, con fecha 13 de enero del año 2.025 mediante Resolución N° 003- OA/2025 se aprueba la estructura orgánica de la Oficina Anticorrupción, y se equipara la escala salarial del personal del organismo al escalafón salarial de la Auditoría General de la Provincia de Jujuy.
En tal sentido, estas modificaciones salariales significan modificaciones a la Ley Nº 6440- Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2.025, en lo que respecta a distribución de personal, modificaciones que deben ser planteadas e informadas a la Dirección Provincial de Presupuesto a sus efectos.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6452;
LA FISCAL ANTICORRUPCIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, conforme se indica seguidamente:
- Suprímase:
CargoNº Cargos
En la UDEO J2 Oficina Anticorrupción
Escalafón J1- FUNCIONARIOS
Jefe de Departamento 1
Sub- Total 1
Escalafón J2 – PERSONAL PROFESIONAL
Categoría 14 4
Categoría 14- * adic 40% 2
Categoría 12- * adic 33% 2
Sub- Total 8
Escalafón J4 – PERSONAL ADMINISTRATIVO
Categoría 10 6
Sub- Total 6
Total Cargos Suprimidos15
- Créase:
CargoNº Cargos
En la UDEO J2 Oficina Anticorrupción
Escalafón J1- FUNCIONARIOS
Jefe de División 2
Sub- Total 2
Escalafón J2 – PERSONAL PROFESIONAL
Categoría C 3
Categoría E 7
Sub- Total 10
Escalafón J4 – PERSONAL ADMINISTRATIVO
Categoría A 1
Categoría B 1
Categoría D 1
Categoría E 3
Sub- Total 6
Escalafón J5 – PERSONAL DE SERVICIO
Categoría C 1
Sub- Total 1
Total Cargos Creados19
ARTÍCULO 2º.- Equiparar los siguientes cargos asignados por ley 6440 a la UDEO J2- Oficina Anticorrupción, a los cargos que se enuncian a continuación de la escala salarial del personal de la Auditoría General de la Provincia de Jujuy.
- Escalafón J2- PERSONAL PROFESIONAL
Cargo Ley 6440 Cargo Auditoría Gral. Nº de cargos
Profesional 12Profesional C 1
Profesional 10Profesional E 4
Sub- Total 5
- Escalafón J3- PERSONAL TÉCNICO
Cargo Ley 6440 Cargo Auditoría Gral. Nº de cargos
Categoría 10Técnico C 1
Categoría 5Técnico E 1
Sub- Total 2
- Escalafón J4- PERSONAL ADMINISTRATIVO
Cargo Ley 6440 Cargo Auditoría Gral. Nº de cargos
Categoría 7Administrativo A 2
Categoría 5Administrativo C 1
Sub- Total 3
- Escalafón J5- PERSONAL DE SERVICIO
Cargo Ley 6440 Cargo Auditoría Gral. Nº de cargos
Categoría 7Administrativo C 1
Sub- Total 1
ARTÍCULO 3º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar las modificaciones presupuestarias y transferencias de crédito necesarias a los fines de dar cumplimiento a la presente. Una vez realizadas las modificaciones pertinentes, lo dispuesto se atenderá con la respectiva partida de gastos en personal, previstas para la Oficina Anticorrupción.
ARTÍCULO 4º.- Pase a conocimiento del Poder Ejecutivo para su ratificación.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Públiquese. Cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. Josefa del Valle Herrera
Fiscal Anticorrupcion








