BOLETÍN OFICIAL Nº 3 – 07/01/2004

RESOLUCION Nº 290-E/2000.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 JUL.2000.-

EXPTE. Nº 0500-1456-97.-

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Compensación: Disponer la compensación – conforme a las normas establecidas en la Ley Nº 4971 “ REGIMEN GENERAL DE COMPENSACION DE LA DEUDA PUBLICA” de las acreencias y deudas reciprocas ante la firma MÚSIC HOUSE JUJUY S.R.L. y el Banco de la Provincia de Jujuy – Ente Residual – en concepto de préstamo, la cual se efectuará de acuerdo al siguiente detalle:

ACREENCIAS

MUSIC HOUSE JUJUY S.R.L.

Direc. De Adm. De la Gobernación.

1.1.1. Servicios no Personales $ 667.040,27

DEUDAS

MUSIC HOUSE JUJUY S.R.L.

2.1. Bco. de la Pcia. de Jujuy – ER $ 667.040,27

TOTAL $ 667.040,27 $ 667.040,27

ARTICULO 2º.- Saldo: Producida la compensación conforme al detalle del Artículo Anterior, se determina un saldo a favor del GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY, el que asciende a la suma de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS CON DIECIOCHO CENTAVOS ($ 99.257,18), importe por el cual la presente resolución constituye el Certificado de reconocimiento de Deuda Publica, conforme a las normas del Art.7º de la Ley 4971, calculados al día 11 de MAYO de 2000.-

ANIBAL MARCOS CARRERAS

MINISTRO DE ECONOMIA