BOLETÍN OFICIAL Nº 121 – 29/10/2004

RESOLUCION Nº 647-H.-

EXPTE. Nº 500-726/-04.

SAN SALVADOR DE JUJUY, -8 JUL 2004

EL SECRETARIO DE EGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Autorizar a Contaduría de la Provincia y a los Órganos que posee centros de liquidación propia, a liquidar los haberes de los agentes de la Administración Pública Provincial comprendidos en la Ley 5404 y Decreto Acuerdo Nº 1372-H-2004, correspondientes a los meses de Julio, Agosto y Septiembre de 2004, con una categoría más, cuando corresponda, al personal comprendido en el Régimen de la Ley Nº 3161, y con dos categorías más, en los casos que correspondan, para los agentes comprendidos en la Ley 4413y 4135 (modificada por la Ley Nº 4418), tomando como base, en todos los casos, la antigüedad liquidada en el último mes, correspondiente a junio de 2004.

ARTICULO 2º.- La medida adoptada en el artículo anterior es de carácter excepcional, transitoria, provisoria y sujeta a posterior verificación por parte de la Dirección Provincial de Personal y Dirección Provincial de Presupuesto. Consecuentemente, no genera derecho alguno a los agentes que eventualmente- se les practicara una liquidación errónea, atento a la no coincidencia de las antigüedades actuales, con las que surjan de los registros del SIPRAP, una vez concluido el trámite previsto en la presente reglamentación.-

C.P.N. MIGUEL ANGEL LEMBO

Secretario de Egresos Públicos