BOLETÍN OFICIAL Nº 56 ANEXO – 19/05/17
MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN
FISCALIA GENERAL
RESOLUCIÓN MPA N° 421/2.017.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 DE FEBRERO DE 2017.
VISTO:
La necesidad de realizar tendido de fibra óptica desde edificio central a edificio de Calle Belgrano; y
CONSIDERANDO:
Que como surge de la nota que rola a fs.01 y el Pedido interno de fs. 02 resulta indispensable realizar dichos trabajos para la instalación de equipos informáticos, provisión de internet y telefonía en dichos edificios.
Que se han solicitado presupuestos a dos (2) proveedores para la adquisición de los elementos necesarios y la realización de los trabajos mencionados.
Que a fs.7 se agrega planilla comparativa de precios y el responsable del Área Desarrollo Organizacional y Tecnologías de la Información pre-adjudica la compra a ZENTECH TECNOLOGÍA EN EQUILIBRIO de Roberto Julio Álvarez, por cotizar la prestación de Servicio y los bienes a menor precio.
Que a fs.08 la responsable de presupuesto informa sobre la que existencia de crédito en Partida Presupuestaria 2.1.1.0 “Servicios No Personales” y 7.1.1.0.”Bienes de Capital” para hacer frente a la inversión.
Que los montos presupuestados se encuentra dentro de los topes autorizados por Decreto Acuerdo N° 878-HF/2016, Art. 1 inc. d., conforme lo establecido en Decreto Ley N° 159-H/G-57, Capítulo VI, Artículo 54, inc. 3 ap. a).
Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 2º, 3 y artículo 17 de la Ley Provincial Nº 5.895;
EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION
RESUELVE:
1.- AUTORIZAR la contratación Directa para la realización de los trabajos de tendido de fibra óptica y la adquisición de los elementos necesarios para la ejecución del mismo, a la firma ZENTECH TECNOLOGÍA EN EQUILIBRIO POR LA SUMA DE PESOS CIENTO VENTIOCHO MIL DIEZ CON 00/100 ($128.010,00).
2.- ORDENAR la emisión de Orden de Compra a favor del proveedor y una vez recibidos los trabajos, líbrese orden de pago a favor del mismo.
3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos anteriores será imputada a la Partida Presupuestaria 2.2.1.0 Servicios No Personales y 7.1.1.0.Bienes de Capital.-
4.- Protocolícese, notifíquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y archívese.
Dr. Sergio E. Lello Sánchez
Fiscal General
Ministerio Público de la Acusación
19 MAY. S/C.-