BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 28/05/2004
RESOLUCION Nº 327-H.-
EXPTE. Nº0500-258/2004.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 MAR 2004.-
EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Disponer el pago de las acreencias de carácter previsional que hayan sido consolidadas conforme a lo establecido en los Decretos Acuerdo Nº88-E-91, y sus modificatorios y reglamentarios Nros. 317-E-96, 007-E-96, como así también a los artículos 119 y 120 de la Ley Nº4042/84 por ante la Unidad de Control Previsional, únicamente para las acreencias cuyo certificado no supere la suma de PESOS QUINCE MIL ($15.000,00).-
Lic. MIGUEL ALFONSO RIOJA
Ministro de Hacienda








