BOLETÍN OFICIAL Nº 51 – 05/05/2004
RESOLUCION GENERAL Nº 1098-DPR.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 DE ABRIL DE 2004.-
VISTO:
El Decreto Acuerdo Nº 4739-H-2002 y la Resolución General Nº 1093.
CONSIDERANDO:
Que, por la primera norma mencionada se establece un régimen de incentivo fiscal para aquellos contribuyentes que abonen en forma anticipada el impuesto inmobiliario,
Que, ante los numerosos pedidos efectuados por parte de los contribuyentes que quieren hacer uso del beneficio citado en el período fiscal 2004, incluyendo aquellos períodos no vencidos a la fecha de pago,
Por ello:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Modifíquese el artículo 1º de la Resolución General Nº 1093 que quedará redactado como sigue:
ARTICULO 1°.- Incopórese al artículo 3° de la Resolución General N° 1080 el inciso siguiente:
f) Descuento por Pago anticipado: Fíjese hasta el 30 de abril de 2004, como fecha límite para acogerse al beneficio establecido por Decreto Acuerdo Nº 4739-H-2002, únicamente para aquellos períodos no vencidos a la fecha mencionada.
ARTICULO 2°.– Comuníquese a Secretaria de Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas, Contaduría General de la Provincia y a los Bancos habilitados. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamentos, Divisiones, Secciones, Delegaciones y Receptorías. Cumplido, archívese.-
Cr. Guillermo Horacio Sapag
Director – Dirección Provincial de Rentas
Mayo 5 S/CARGO.








