BOLETIN OFICIAL Nº 64 – 01/06/2026
RESOLUCION CONJUNTA Nº 1016-E-S/2026.-
EXPTE. Nº 1090-1545/2025.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 MAY. 2026.-
LOS MINISTROS DE EDUCACION Y SALUD
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase la implementación de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN HEMOTERAPIA” conforme al Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por Resolución Conjunta N° 3585-E/S-22 y su Rectificatoria Resolución Conjunta Nº 749-E/S-23 en el Instituto de Educación Superior N° 7 “Populorum Progressio – IN.TE.LA” localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800042-00, para la cohorte 2026 con inicio en el mes de abril, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- Dispónese que la Dirección de Títulos aplique, la Estructura Curricular y Régimen de Correlatividades que forman parte del Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por Resolución Conjunta N° 3585-E/S-22 y su Rectificatoria Resolución Conjunta N° 749-E/S-23 para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Hemoterapia”, para la cohorte 2026 con inicio en el mes de abril, de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN HEMOTERAPIA” del Instituto de Educación Superior N° 7 “Populorum Progressio – IN.TE.LA”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy.-
ARTÍCULO 3°.- Establécese que el Instituto de Educación Superior N° 7 “Populorum Progressio – IN.TE.LA” localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.-
ARTICULO 4°.- Dispónese que la Institución, deberá cumplir con las observaciones edilicias formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el inicio del Ciclo Lectivo 2027, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.-
ARTÍCULO 5°.- Procédase por Coordinación de Despacho del Ministerio de Educación a notificar los términos de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior.-
ARTÍCULO 6°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Hecho, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaria de Planeamiento Estratégico, Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa, Dirección de Educación Privada, Dirección de Títulos, Comisión de Estudio de Títulos, Dirección de Educación Superior y Ministerio de Salud. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación y archívese.-
Mg. Daniela A. Teseira
Ministra de Educación








