BOLETIN OFICIAL Nº 63 – 29/05/2026

RESOLUCION Nº 21-TSQ/2026. –

EXPTE. Nº 1315-21/2025.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de mayo de 2026.-

EL PRESIDENTE DEL ENTE AUTARQUICO TREN SOLAR DE LA QUEBRADA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declarar INCONVENIENTE la oferta presentada por la firma BENITO ROGGIO TRANSPORTE S.A. en el marco de la Licitación Pública Nº 01/2025 (Expte. Nº 1315-21/2025) para la “Contratación de un Operador Ferroviario para la Gestión Operativa y de Mantenimiento del Tren Solar de la Quebrada”, en virtud de los fundamentos expuestos en los considerandos y el dictamen legal precedente, por registrar un apartamiento excesivo del 29,16% respecto al presupuesto oficial, comprometiendo la ecuación financiera y la razonabilidad económica del gasto.-

ARTÍCULO 2º.- RECHAZAR la oferta presentada por la firma “Benito Roggio Transporte – BRT” en razón de resultar la única oferta presentada, económicamente inconveniente para los intereses del Estado Provincial. Ello, por cuanto el monto cotizado de PESOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS ($15.886.471.500) excede de manera sustancial el Presupuesto Oficial estipulado en PESOS DOCE MIL TRESCIENTOS MILLONES ($12.300.000.000), superando las previsiones financieras y la disponibilidad de crédito presupuestario asignado para la presente contratación. Y, en consecuencia, DECLARAR EL FRACASO del referido procedimiento administrativo.-

ARTÍCULO 3º.- Aprobar el llamado a Prorroga de la contratación con el actual Operador Ferroviario que presta servicios para este Ente Autárquico, bajo las mismas condiciones técnicas y operativas vigentes; ello con el fin primordial de garantizar la continuidad del servicio público ferroviario.-

ARTICULO 4º.- Autorizase a la Dirección de Administración y el Área Legal la confección de la Adenda contractual/Prorroga correspondiente con el actual operador, ad referéndum de la autoridad competente, debiendo ajustarse la misma a las previsiones presupuestarias.-

ARTÍCULO 5º.- Notificar el contenido de la presente a la firma oferente BENITO ROGGIO TRANSPORTE S.A., a la Unidad de Control Interno y a las áreas operativas pertinentes.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y remítanse las presentes actuaciones a conocimiento del Poder Ejecutivo Provincial. Cumplido lo anterior, pase a la Dirección de Administración para su toma de razón y demás efectos, archívese.-

Juan Cabrera

Presidente