BOLETIN OFICIAL Nº 61 – 22/05/2026
RESOLUCION Nº 140-SOTyH/2026.-
EXPTE. Nº 516-2239/1999.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 ABR. 2026.-
VISTO:
El Expediente N.º 516-2239/99, iniciado por el Centro Gaucho Tradicionalista de Guerrero, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante las presentes actuaciones la citada institución solicita la regularización de la ocupación del inmueble identificado como Lote Fiscal 1, Manzana AP-7, ubicado en Alto Guerrero, localidad de Guerrero, Departamento Dr. Manuel Belgrano, de titularidad del Estado Provincial;
Que, el Centro Gaucho Tradicionalista de Guerrero cuenta con Personería Jurídica N.º 193-G-2000, otorgada mediante Decreto de fecha 6 de enero del año 2000, encontrándose vigente y con autoridades regularmente constituidas, representado en este acto por su presidente Sr. Madregal Saturnino Roberto, D.N.I. Ν. 11.664.051;
Que, la institución desarrolla actividades de carácter tradicionalista, cultural y comunitario, vinculadas a la promoción de las costumbres gauchas, constituyéndose en un espacio de referencia social para la comunidad de Guerrero;
Que, se encuentra acreditada en autos la ocupación pacífica, continua y con destino específico del inmueble, conforme surge de las actas de inspección incorporadas, sin oposición por parte del Estado Provincial;
Que, la Ley Provincial N.º 6099/18 establece los principios rectores para la administración de los bienes del Estado, priorizando su utilización en función del interés público;
Que, la Ley Provincial N.º 3169/74 de Tierras Fiscales, en su artículo 11, faculta al Poder Ejecutivo a conceder el uso de inmuebles fiscales a instituciones sin fines de lucro, mientras que su artículo 88 autoriza el otorgamiento de comodatos o permisos de uso, fijando sus condiciones;
Que, en virtud de ello, la figura del comodato resulta el instrumento jurídico adecuado para regularizar la situación de hecho existente, garantizando el cumplimiento de los fines comunitarios sin afectar la titularidad estatal del bien;
Que, el plazo de diez (10) años se estima razonable, en atención a la naturaleza de la institución y a la necesidad de otorgar previsibilidad para el desarrollo de sus actividades;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la normativa vigente,
EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y HÁBITAT
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la entrega en comodato a favor del Centro Gaucho Tradicionalista de Guerrero, Personería Jurídica N.º 193-G-2000, del inmueble identificado como Lote Fiscal 1, Manzana AP-7, ubicado en Alto Guerrero, ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, de titularidad del Estado Provincial.-
ARTÍCULO 2º.- Establecer que el comodato tendrá un plazo de diez (10) años, contados a partir de la suscripción del contrato respectivo.-
ARTÍCULO 3º.- Disponer que el inmueble deberá ser destinado exclusivamente al desarrollo de actividades tradicionalistas, culturales y comunitarias, conforme a los fines propios de la institución beneficiaria.-
ARTÍCULO 4º.- Dejar establecido que el presente acto no otorga derechos posesorios ni genera expectativa de adjudicación sobre el inmueble.-
ARTÍCULO 5º.- Notifiquese a la institución beneficiaria. Por intermedio de la Coordinación General de Despacho, procédase a la confección del correspondiente Contrato de Comodato.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Pase a Coordinación General de Despacho a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo precedente. Remítanse copias certificadas al Boletín Oficial para su publicación íntegra. Cumplido, archívese.-
Arq. Eduardo Raúl Cazón
Secretario de Ordenamiento Territorial y Hábitat








