BOLETÍN OFICIAL Nº 3 – 09/02/2005

RESOLUCION Nº 023-SUSEPU.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 Enero 2005

Cde. Expte. Nº 0630-001/05.-

Visto:

La Nota G.C. Nº 001/2005, mediante la cual EJE S.A. solicita a la SU.SE.PU. la aprobación del Cuadro Tarifario que fija los precios de la Energía Eléctrica para el mes de Enero del 2005, en un todo de acuerdo a lo establecido por las Resoluciones Nº 1434 y 1676/2004 de la Secretaría de Energía de la Nación., y

CONSIDERANDO:

Que, por la nota mencionada en el visto EJE S.A, presentó la Memoria de Cálculo de los parámetros que componen el cuadro tarifario que tendría vigencia durante el mes de Enero/2005, de acuerdo a lo que establece el Anexo II – Subanexo 2 del Contrato de Concesión, y con las pautas fijadas por las Resoluciones Nº 1434 y 1676/04 de la Secretaría de Energía de La Nación. .

Que, la Resolución Nº 1434 aprueba la Programación Estacional de Verano para el Mercado Eléctrico Mayorista y establece precios estacionales de potencia y energía con vigencia a partir del 1º de Enero/2005, y, la Resolución Nº 1676 resuelve segmentar la demanda del Alumbrado Público, estableciendo además factores, sobre costos y cargos complementarios a ser aplicados a la demanda de los Prestadores del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica a partir del 1º de Enero/2005.

Que, el cuarto considerando de la Resolución Nº 303–SU.SE.PU-2004, tuvo en cuenta la modificación de los precios estacionales sancionados por la Secretaría de Energía de la Nación mediante la Resolución Nº 1434/04, previendo la necesidad de rectificar los valores del Cuadro Tarifario con vigencia durante el mes de Enero de 2005.

Que, en relación a los parámetros considerados para el cálculo, en cuanto a datos de demanda conectada al Mercado Eléctrico Mayorista y del Sistema La Quiaca, costo del gas-oil puesto en Palpalá, cánones por las obras menores de Ampliación en el Sistema de Transporte (Ampliación E.T. Libertador Gral. San Martín, Ampliación E.T. San Juancito, Ampliación E.T. Jujuy Sur), reajuste de los valores Ex.-post de energía y potencia, son los empleados en el documento tarifario que diera origen a la Resolución Nº 303-SUSEPU-2004.

Que, hasta tanto el Poder Ejecutivo Provincial dicte un nuevo Decreto sobre Tarifa Social, éste Directorio entiende que es conveniente continuar aplicando los mismos criterios que los establecidos en el Decreto N° 1441-P.I.-2004..

Que, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Nº 1363 P.I.-2004, se incluye en el Cuadro Tarifario los valores correspondientes a los Cargos Variables para el cálculo de bonificaciones y cargos adicionales del Programa de Uso Racional de la Energía.

Por ello, en ejercicio de sus funciones;

EL DIRECTORIO DE LA SU.SE.PU.

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Rectificar los valores del Cuadro Tarifario aprobado por Resolución Nº 303-SUSEPU-2004, para el período que va desde el 1º al 31 de Enero del 2005, y que como Anexo I forma parte de la presente disposición.-

ARTICULO 2º.- Publíquese en Boletín Oficial. Comuníquese del presente acto al Ministerio de la Producción, Infraestructura y Medio Ambiente. Notifíquese a EJE S.A.. Tomen conocimiento los Departamentos Control de Tarifas, Administrativo, Técnico, Calidad de Servicio y Legal, como así también Auditoria y Usuarios. Cumplido archívese.-

ING. H. A. RODRIGUEZ FRANCILE

PRESIDENTE

SUSEPU

9 FEB. LIQ. Nº 42.746 $ 8,70.-