BOLETIN OFICIAL Nº 58 – 15/05/2026

RESOLUCION Nº 631-DPR/2026.-

San Salvador de Jujuy, 7 de Mayo de 2026.-

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- DECLARAR LA EXENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS a los contribuyentes que se individualizan en el Anexo I que forma parte de la presente, por los motivos del exordio.

ARTÍCULO 2º.- El beneficio declarado en el artículo precedente regirá a partir del inicio de actividad, declarado en la solicitud de inscripción y por el plazo de doce (12) meses, siempre que se mantenga la inscripción durante la vigencia de la exención.

ARTÍCULO 3º.- INFORMAR a los beneficiarios que deberán cumplir con las obligaciones establecidas en los artículos 29 y cc. del Código Fiscal, en los plazos previstos por la Dirección Provincial de Rentas.

ARTÍCULO 4º.- NOTIFÍQUESE. Mediante publicación sintética en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web de la Dirección Provincial de Rentas. TOME RAZÓN Secretaría General, División Exenciones y Compensaciones y Departamento Auditoria. Cumplido. Archívese.

Marcela Beatriz Figueroa

Directora