BOLETÍN OFICIAL Nº 55 ANEXO – 17/05/17
RESOLUCIÓN Nº 114-DPGDFH/2017.-
EXPTE. Nº 780-243/2016.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 5 MAY. 2017.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se Solicita la cobertura de UN (1) cargo de LICENCIADA/O EN FONOAUDIOLOGIA del Nomenclador de la Ley Nº 4413 para el HOSPITAL “MAIMARÁ” de la Localidad de Maimara, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN; y
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 1 obra solicitud formal de la Señora Directora Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano y el Visto Bueno del Señor Ministro;
Que, la Coordinación de Gestión del Factor Humano informa que se procedió a realizar la carga preventiva en el SIPRAP del llamado a concurso para cubrir un cargo categoría A-1 Agrupamiento Profesional Ley 4413.-
Que, por Resolución Nº 0266-DPGDFH-2016 se llama a concurso el cargo, el cual fue declarado DESIERTO por no haber alcanzado el puntaje exigido en el Reglamento.-
Que, a fojas 16 reverso el Director Provincial de Hospitales autoriza realizar nuevamente el llamado a concurso para fonoaudiólogo.-
Que, a los fines de la cobertura de cargos de la Ley No 4413 rigen las disposiciones aprobadas por Resolución N° 869-S-2016;
Por ello;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Convocar a CONCURSO DE ANTECEDENTES y OPOSICION –CLASE ABIERTO de acuerdo a las disposiciones aprobadas mediante Resolución Nº 869-S-2016, para la cobertura del siguiente cargo: AREA PROGRAMATICA Nº XVI HOSPITAL “MAIMARÁ” MAIMARÁ UN (1) CARGO DE LICENCIADO EN
FONOAUDIOLOGIA CON CINCO AÑOS DE ESTUDIOS CATEGORIA A-1 AGRUPAMIENTO PROFESIONAL –LEY Nº 4413.-
ARTICULO 2º.– Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1.-Fotocopia certificada por Escribano Público o la Institución formadora del Título Habilitante expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora.-
2.-Fotocopia certificada por Escribano Público o la Institución formadora del Certificado Analítico.
3.-Fotocopia de la Constancia de Matricula Actualizada 2017 emitida por el CONSEJO DE FONOAUDIOLOGOS DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-
4.-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (Anverso y reverso).-
5.-Planilla Prontuarial de la Policía de Jujuy, fotocopia actualizada (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).
6.-Certificado de Residencia-original expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).-
7.-Constancia de CUIL.
8.-Constancia de no poseer Sumario Administrativo expedida por la Dirección Provincial de Personal. (Validez seis (6) meses desde la fecha de expedición).-
9.-Curriculum Vitae Nominal, actualizado, acompañado de fotocopias de los antecedentes laborales debidamente certificadas por el personal autorizado de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano.
ARTÍCULO 3º.- Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma:
–APERTURA DE INSCRIPCIÓN: 22 de MAYO de 2017–
–CIERRE DE INSCRIPCIÓN: 05 de JUNIO de 2017
–A partir del 05 al 06 de JUNIO de 2017: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos, después del cierre de inscripción. Igual periodo para la impugnación de la nómina.-
–A PARTIR DEL 07 de JUNIO de 2017, a horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: Reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes.-
– El Jurado Evaluador determinará el temario y la bibliografía a consultar, la que se informara a los interesados por Acta que será publicada a través de la cartelera de esta Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano y de la página Web del Ministerio de Salud de Jujuy –“Llamados a concurso”.-
Asimismo con posterioridad se dará a conocer la fecha de la Evaluación Técnica y la Entrevista Personal.
ARTÍCULO 4º.–Los antecedentes deberán ser presentados en el AREA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO en el HORARIO DE 8.30 a 13.00 y en las fechas previstas.
ARTICULO 5°.-La inscripción de los postulantes será de carácter personal o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-
ARTICULO 6°.–Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetando el orden de los requisitos establecido en el artículo 2º de la presente Resolución.-
Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevarán a no considerar el antecedente declarado.-
Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.-
ARTICULO 7° El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.-
ARTICULO 8° La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.-
ARTICULO 9° La inscripción importa la obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento.-
Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva.-
ARTÍCULO 10º Los inscriptos se darán por notificados de todo el procedimiento concursal con la sola publicación de las actas en dependencias del Hospital “Maimara” y en la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano”.-
ARTICULO 11º.- No podrán participar del presente concurso: Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.-
ARTÍCULO 12º.- El Tribunal designado estará constituido por: 1.-EN REPRESENTACIÓN POR LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO: TITULAR: Lic. ADRIANA Beguier SUPLENTE: Lic. PATRICIA ELIZABETH SURRIABLE 2.- EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “MAIMARÁ”: TITULAR: Dr. ALDO MARCELO VILLA SUPLENTE: Lic. DANIELA ARACELI DEMO 3.- EN REPRESENTACIÓN DEL CONSEJO DE FONOAUDIOLOGOS DE PROVINCIA DE JUJUY: TITULAR: Lic. ISABEL ZULEMA LLEWELLYN SUPLENTE: Lic. SILVINA BEATRIZ IBARRA
ARTÍCULO 13°.-Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:
1.- Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 2 de la presente Resolución.
2.- Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.-
3.- Evaluación Técnica.-
4.- Entrevista Personal.-
5.-El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico.-
De conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución Nº 869-S-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.-
ARTÍCULO 14º.-El ganador del concurso, deberá desempeñar funciones: * En el AREA PROGRAMATICA Nº XVI- HOSPITAL “MAIMARÁ” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo. *Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa. * Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.* De docencia y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.-
ARTICULO 15º.-Los postulantes que acrediten domicilio en el Departamento Tilcara, se les duplicara el puntaje total de antecedentes, la que se corroborará con el D.N.I., planilla prontuarial y certificado de residencia.-
ARTÍCULO 16º.-Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y copia de la Resolución a la Secretaría de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Soporte del Sistema de Salud, Secretaria de Salud Mental y Adicciones, a las Direcciones Provinciales de Hospitales y APS., Hospital “Maimara”, Consejo de Fonoaudiólogos de la Provincia de Jujuy, Lic. Beguier del Centro Sanitario, Lic. Surriable del Hospital “Dn. Pablo Soria y al Gremio de APUAP. Cumplido, archívese.-
Dra. Elena Meyer
Directora Provincial de Gestión
y Desarrollo del Factor Humano