BOLETÍN OFICIAL Nº 55 ANEXO – 17/05/17
RESOLUCIÓN Nº 113-DPGyDFH/2017.-
EXPTE. Nº 720-99/2016.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 5 MAY. 2017.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de un (1) cargo de Licenciada/o en Enfermería del Nomenclador de la Ley Nº 4413 para el Centro de Rehabilitación “Dr. Vicente Arroyabe” de la Localidad de Coronel Arias, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución N° 56-DPGyDFH/17 la Directora Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano resuelve convocar a concurso de antecedentes y oposición clase abierto para cubrir un (1) cargo de Licenciada/o en Enfermería para el Centro de Rehabilitación “Dr. Vicente Arroyabe”.-
Que, en Acta N° 2 de fecha 3 de abril del año dos mil diecisiete, el tribunal evaluador designado en la convocatoria en cuestión, declara desierta la misma, toda vez que no surge de los postulantes inscriptos que acrediten el requisito de un (1) año de antecedentes laborales en una institución en Rehabilitación Física y en Adicciones, conforme lo establece el inc. 11 del artículo 2 de la Resolución No 56-DPGyDFH/17.-
Que, a los fines de la cobertura de cargos de la Ley No 4413 rigen las disposiciones aprobadas por Resolución No 869-S-2016;
Por ello;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Convocar a CONCURSO DE ANTECEDENTES y OPOSICION -CLASE ABIERTO para cubrir un (1) cargo de Licenciada/o en Enfermería en el CENTRO DE REHABILITACIÓN “DR. VICENTE ARROYABE” de la Localidad de Coronel Arias Departamento “EL CARMEN” de la Provincia de Jujuy, categoría A-1 ó B-1 del Nomenclador de la Ley Nº 4413 según corresponda al plan de estudios, y de acuerdo a las disposiciones aprobadas mediante Resolución Nº 869-5-2016.‑
ARTICULO 2º.-Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:
- Fotocopia certificada por Escribano Público o Institución Formadora del Título Habilitante expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora.-
- Fotocopia certificada por Escribano Público o Institución Formadora del Certificado Analítico.-
- Fotocopia certificada de la Constancia de Matricula actualizada emitida por el Área de Registro y Matriculación de Profesionales de la Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy.-
- Fotocopia certificada del Documento Nacional de Identidad (Anverso y reverso)
- Planilla Prontuarial original o fotocopia certificada actualizada (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).-
- Certificado de Residencia expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).-
- Constancia de CUIL.-
- Constancia de no poseer Sumario Administrativo expedida por la Dirección Provincial de Personal. (Validez hasta seis (6) meses desde la fecha de expedición).-
- Curriculum Vitae actualizado, con los antecedentes laborales si los tuviere y de formación en fotocopias debidamente certificadas por autoridad competente.-
- Acreditar residencia en la Provincia de Jujuy.-
- Acreditar antecedentes laborales en una institución en Rehabilitación Física y en Adicciones y/o capacitación en Rehabilitación Física o en Adicciones.-
ARTICULO 3º.-Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma:
-APERTURA DE INSCRIPCIÓN: 22 de mayo de 2017
-CIERRE DE INSCRIPCIÓN: 05 de junio de 2017
-06 al 07 de junio de 2017: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos.
-A partir del 08 de junio de 2017: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos.-
– 09 de junio de 2017: Publicación del Acta con Orden de Mérito por Antecedentes.-
El Jurado Evaluador determinará el temario y la bibliografía a consultar, la que será informada a los interesados en el momento
de la inscripción. Asimismo con posterioridad se dará a conocer la fecha de la Evaluación Técnica y la Entrevista Personal.
ARTÍCULO 4º.-Los antecedentes deberán ser presentados en la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano, sito en calle Independencia esq. Avda. Italia de San Salvador de Jujuy, en el HORARIO de 8 a 13.00 y en las fechas previstas.-
ARTICULO 5°.-La inscripción de los postulantes será de carácter personal o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.‑
ARTICULO 6°.-Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetando el orden de los requisitos establecido en el artículo 50 del Anexo I de la Resolución Nº 869-5/16.-
Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevarán a no considerar el antecedente declarado.‑
Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.-
ARTICULO 7°.-El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.‑
ARTICULO 8°.-La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el ,que se inscribe.‑
ARTICULO 9º.-La inscripción importa la obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento.‑
Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva.-
ARTÍCULO 10º.-Los inscriptos se darán por notificados de todo el procedimiento concursal con la sola publicación de las actas en dependencias del Arroyabe y en N Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano”.-
ARTICULO 11º.- A los postulantes que acrediten residencia en la zona Sanitaria Valles (Dpto. San Antonio y El Carmen), se les duplicará el puntaje total de antecedentes, la que se corroborará con el D.N.I., planilla prontuarial y certificado de residencia.-
ARTICULO 12º.-No podrán participar del presente concurso: Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.-
ARTÍCULO 13º.-El Tribunal designado estará constituido por: 1.-EN REPRESENTACIÓN DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO: TITULAR: Lic. MARINA M. CONDORI SUPLENTE: Lic. CELINA CASTELLON.- 2.EN REPRESENTACIÓN DEL ARROYE: TITULAR: Lic. MABEL FARFAN SUPLENTE: Lic. EMMA ANDREA ARIAS 3.- EN REPRESENTACIÓN DEL DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE ENFERMERÍA: TITULAR: Lic. EVA SUSANA SUELDO SUPLENTE: Lic. MARIELA MARTINEZ.-
ARTÍCULO 14°.-Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:
1.-Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 2 de la presente Resolución.-
2.-Evaluación de Antecedentes curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.‑
3.-Evaluación Técnica.‑
4.-Entrevista Personal.‑
5.-El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico.- De conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución Nº 869-5-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.‑
ARTÍCULO 15º.-El ganador del concurso, deberá desempeñar funciones: * En el Centro de Rehabilitación “DR. VICENTE ARROYABE” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.* Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.* Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos. * De docencia y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.-
ARTÍCULO 16°.-En el supuesto que algún postulante estuviere asociado a otra asociación gremial distinta a APUAP, deberá informar a esta Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano, a fin de requerir su participación en carácter de veedor.-
ARTÍCULO 17º.-Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su
publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y copia de la Resolución a la Secretaría de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Soporte del Sistema de Salud, Dirección Provincial de Hospitales, al Centro de Rehabilitación “Dr. Vicente Arroyabe”, al Departamento Provincial de Enfermería y APUAP. Cumplido, archívese.-
Dra. Elena Meyer
Directora Provincial de Gestión
y Desarrollo del Factor Humano