BOLETÍN OFICIAL Nº 103 – 17/09/14
EXPTE. Nº 0516-1788/02.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 SEP. 2013.-
EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Téngase por acreditados los requisitos de la Ley Nº 3169/74-Régimen de Tierras Fiscales- y la Ley Nº 5780/13-Plan Provincial de Regularización Dominial-, sus modificatorias y decretos reglamentarios por parte del/la Sr./a. Castro, José Rubén, D.N.I. Nº 12.856.492 y Segovia Susana Beatriz, D.N.I. Nº 18.092.053, respecto del terreno fiscal individualizado como Lote Nº 61, Manzana 379, Padrón E-19.763, Matrícula E-12466, ubicado en el Bº 14 de Diciembre, de la ciudad de L.G.S.M, Departamento Ledesma, Provincia de Jujuy.
ARTICULO 2º.-En cumplimiento del Artículo 18º del Decreto Nº 3183-VOT-13, dar por concluido el trámite administrativo en las presentes actuaciones, respecto de/l/los beneficiario/s ocupante/s del inmueble mencionado en el Articulo 1º precedente.
ARTICULO 3º.-Fijase en la suma de PESOS Tres Mil Seiscientos Veinticinco ($3.625.-) el precio de venta del lote de referencia monto que conforme las disposiciones de los artículos 1º de la Ley Provincial Nº 5780/2013 y 19º de su Decreto Reglamentario Nº 3183-VOT-2013 queda CONDONADO, sin perjuicio de las sumas ingresadas, las que quedan firmes.
ARTICULO 4º.- Por Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos se procederá al otorgamiento de la respectiva escritura traslativa de dominio a los efectos de la inscripción del inmueble a favor de/l/os adjudicatario/a/s.
Dr. Guillermo Luis Aguirre
Secretario de Ordenamiento Territorial
Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial