BOLETÍN OFICIAL Nº 103 – 17/09/14

Icon_PDF_6RESOLUCION Nº 23.-

EXPTE. Nº 4485-M/1987 y Agdos. Nº 0516-02053/91 y Nº 0516-1720/97.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 SEP. 2013.-

EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.-Téngase por acreditados los requisitos de la Ley Nº 3169/74-Régimen de Tierras Fiscales- y la Ley Nº 5780/13-Plan Provincial de Regularización Dominial-, sus modificatorias y decretos reglamentarios por parte de los Sres. Cari, Elba María Eugenia, DNI Nº 26.285.955 y Leguizamón, Martín Adolfo, DNI Nº 23.894.656, respecto del terreno fiscal individualizado como Lote 02, Manzana 319, Padrón A-63291, Matrícula A-10830, ubicado en el Bº Alto Comedero, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy.

ARTICULO 2º.-En cumplimiento del Artículo 18º del Decreto Nº 3183-VOT-13, dar por concluido el trámite administrativo en las presentes actuaciones, respecto de/l/los beneficiario/s ocupante/s del inmueble mencionado en el Articulo 1º precedente.

ARTICULO 3º.-Fijase en la suma de PESOS TRES MIL OCHENTA Y SIETE ($3.087) el precio de venta de lote de referencia, monto que conforme las disposiciones de los artículos 1º de la Ley Provincial Nº 5780/2013 y 19º de su Decreto Reglamentario Nº 3183-VOT-2013 queda CONDONADO, sin perjuicio de las sumas ingresadas, las que quedan firmes.

ARTICULO 4º.- Por Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos se procederá al otorgamiento de la respectiva escritura traslativa de dominio a los efectos de la inscripción del inmueble a favor del/a/los adjudicatario/a/s.

 

Dr. Guillermo Luis Aguirre

Secretario de Ordenamiento Territorial

Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial