BOLETÍN OFICIAL Nº 105 – 22/09/14
EXPTE. Nº 0516-442-01.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 SEP. 2013.-
EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Téngase por acreditados los requisitos de la Ley Nº 3169/74-Régimen de Tierras Fiscales- y la Ley Nº 5780/13-Plan Provincial de Regularización Dominial-, sus modificatorias y decretos reglamentarios por parte del/ la Sr. ARCE ROBERTO D.N.I. Nº 10.008.001 y la Sra. MALDONADO CORDOVIA, VIRGINIA D.N.I. Nº 19.007.999, respecto del terreno fiscal individualizado como Lote Nº 11, Manzana Nº 764, Padrón A-80.380, Matricula A-62.649, ubicado en el Bº San Benito Alto Comedero, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy.
ARTICULO 2º.-En cumplimiento del Artículo 18º del Decreto Nº 3183-VOT-13, dar por concluido el trámite administrativo en las presentes actuaciones, respecto de/l/los beneficiario/s ocupante/s del inmueble mencionado en el Articulo 1º precedente.
ARTICULO 3º.-Fijase en la suma de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS ($7.576) el precio de venta del lote de referencia, monto que conforme las disposiciones de los artículos 1º de la Ley Provincial Nº 5780/2013 y 19º de su Decreto Reglamentario Nº 3183-VOT-2013 queda CONDONADO, sin perjuicio de las sumas ingresadas, las que quedan firmes.
ARTÍCULO 4º.-Por Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos se procederá al otorgamiento de la respectiva escritura traslativa de dominio a los efectos de la inscripción del inmueble a favor del/a/os adjudicatario/a/s, con expresa mención de las disposiciones de los Artículos 37, 39, 40 y 75 de la Ley Nº 3169/74.
Dr. Guillermo Luis Aguirre
Secretario de Ordenamiento Territorial
Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial