BOLETÍN OFICIAL Nº 107 – 26/09/14

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DIRECCION GENERAL DE RENTAS TUCUMAN

RESOLUCIÓN Nº 239-14.-

SAN MIGUEL DE TUCUMÁN, 04 JUN. 2014.-

VISTO:

El Acta de Notificación Legal numerada, Planillas Generales Números 52/2013 de fecha 28/05/2013; 57/2013 de fecha 29/05/2013; 100/2013 de fecha 19/06/2013, y

CONSIDERANDO:                              

Que las intimaciones que esta Autoridad de Aplicación dispuso mediante las actas citadas en el visto no pudieron ser practicadas conforme el procedimiento establecido por el inciso 6 del artículo 116 del Código Tributario Provincial (CTP), en las condiciones establecidas por la Resolución General N° 90/10, respecto de algunos contribuyentes;

Que, corresponde proceder de acuerdo a la forma prevista en el artículo 117 del citado código, respecto a todos aquellos contribuyentes que no pudieron ser notificados por el medio establecido en primer término, ordenando la publicación de edictos en el Boletín Oficial por el término de 5 días;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9, 117 y concordantes del Código Tributario Provincial;

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º: DISPONER por el término de cinco (5) días, la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de JUJUY, de las intimaciones dispuestas por la DIRECCION GENERAL DE RENTAS de la Provincia de Tucumán, en los términos y conforme surge del Anexo que forma parte integrante del presente Acto.

ARTICULO 2º: NOTIFÍQUESE, publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

ANEXO RESOLUCION N° 239-14 Ref. Falta de Presentación-Declaración (es) Jurada (s). Página Nro.:1/1 Habiéndose constatado la falta de cumplimiento de las obligaciones tributarias que se detallan infra, por parte de los contribuyentes cuyos datos se indican a continuación, se dispone emplazarlos para que dentro del término de 15 (quince) días contados a partir de la presente notificación proceda (n) a regularizar dicha situación fiscal y a ingresar el saldo resultante con más los intereses resarcitorios previstos en el artículo 50 del Código Tributario Provincial. El incumplimiento a la presente intimación dará lugar, sin más trámite, al inicio de las acciones judiciales de cobro (JUICIO DE EJECUCION FISCAL) conforme lo autoriza el artículo 51 del Código Tributario Provincial.

NOTIFICACIÓN LEGAL; C.U.I.T.; SEÑOR (ES); DOMICILIO; IMPUESTO; PERIODO(S); PLANILLA GENERAL:

201305-115-012772; 30-71044869-4; VER-FRUT S.R.L; Belgrano 412-(4608) Perico-Provincia de Jujuy; 45-Salud Pública; 2013/04; 52/2013.-201305-120-013494; 30-50188264-6; CERAMICA MATAS S.A; San Martín 260-(4600) San Salvador de Jujuy-Provincia de Jujuy; 45-Salud Publica; 2013/04; 57/2013.-201306-074-019036; 30-71044869-4; VER-FRUT S.R.L.; Belgrano 412-(4608) Perico-Provincia de Jujuy; 45-Salud Publica; 2013/05; 100/2013.-Cant. Total: 3.-

 

Pablo Adrián Clavarino

Director General

22/24/26/29 SEP. 01 OCT. LIQ. Nº 118977 $280,00.-