BOLETÍN OFICIAL Nº 111 – 06/10/14
EXPTE. Nº 400-1893-14.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 MAY. 2014.-
EL MINISTRO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.– Reconocer a favor del señor ADRIÁN LÓPEZ CRUZ, D.N.I. Nº 13.754.946 el beneficio de “Pensión Héroes de Malvinas Jujeños” prevista por el Artículo 1º de la Ley Nº 5625, conforme las disposiciones del Decreto Nº 6726-G-10.
ARTICULO 2º.- Conforme las disposiciones del Artículo 4º de la Ley Nº 5625, el beneficio acordado por el Artículo 1º es equivalente al monto neto (excluidos adicionales generales y particulares) que por todo concepto percibe el Agente Categoría 10 del escalafón General (Ley Nº 3161/74) de la Administración Pública Provincial, reglamentado por el artículo 8º del Anexo I del Decreto Nº 6727-G-10.
ARTICULO 3º.-Lo dispuesto rige a partir del 14 de Marzo de 2014, conforme las previsiones del artículo 9º del Decreto Nº 6727-G-10.
ARTICULO 4º.-La erogación emergente se atiende con afectación a la partida: 1-3-4-5-474 “Pensión Ex Combatientes de Malvinas Ley 5625”, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente.-
Dr. Alberto Miguel Matuk
Ministro de Gobierno y Justicia